La Fiscalía de Gipuzkoa rechaza que el juzgado se desentienda de la investigación del casoplón de 11 baños

Tirón de orejas de la Fiscalía de Gipuzkoa al juzgado que quiso desentenderse de la investigación sobre el casoplón de Aia, (Gipuzkoa), el palacete (11 habitaciones y 11 baños) construido por la familia de una concejal del PNV de Zarautz que incumple la ley de Suelo. La Fiscalía ha rechazado que las diligencias pasen a otro juzgado después de que en el último año no haya practicado ninguna diligencia de indagación.

Imagen del casoplón, ubicado entre Zarautz y Orio, con la urbanización ya terminada y cuyas obras son investigadas por un juzgado.

Como ha informado este blog, el caso es investigado en la vía penal (un tercer tribunal tiene abierta otra investigación en la vía contencioso-administrativa) por dos juzgados de Azpeitia. El juzgado número 1 abrió diligencias en 2015 por dos delitos de prevaricación y contra la ordenación del territorio tras una denuncia de la Federación Guipuzcoana de los Deportes Aéreos, que desde hace más de 25 años utiliza el paraje donde se asienta el palacete para la práctica del parapente.

La demanda se resumía en que la familia de la concejal de Urbanismo y Obras en Zarautz, Maite Garrastazu, aprovechó un caserío en ruinas para ejecutar una nueva edificación en una ubicación diferente; la superficie se duplicó (567 metros cuadrados frente a los 309 del antiguo caserío, y la a planta del palacete es 2,5 veces mayor: 469 metros cuadrados frente a 183) y se asienta en un área rural de especial protección y en un corredor ecológico, donde habita una pareja de halcones peregrino. Todo ello con un informe contrario del Ararteko que ha concluido que, al tratarse de un suelo no urbanizable de especial protección, “solo cabe autorizar las obras de reconstrucción de caseríos existentes” en casos excepcionales y la ley de suelo “no permite el cambio de ubicación”.

Apenas un año después, en mayo de 2016, el juzgado de instrucción número 1 de Azpeitia decretó el archivo provisional del caso: no veía ni prevaricación ni delito contra la ordenación. Consideraba legal la licencia aunque, en su auto, pasaba por encima los dos elementos claves del caso: el cambio de ubicación del casoplón y que se trate de una nueva ubicación. El auto fue recurrido por los denunciantes ante la Audiencia de Gipuzkoa, que ha tardado dos años en tomar una decisión.

En una sentencia dictada el pasado 4 de julio por la Sección Tercera de la Audiencia guipuzcoana, se ratifica el archivo provisional al considerar que “no es una intervención constructiva de nueva planta” sino una “una intervención constructiva de sustitución”. El fallo no tiene en cuenta los informes contrarios del Ararteko y la Diputación de Gipuzkoa a la construcción del casoplón en otro emplazamiento y cuestiona que la ley vasca de Urbanismo “permita únicamente el cambio de ubicación en el supuesto de reconstrucción por expropiación”.

El casoplón estaba investigado igualmente por el juzgado de instrucción número 2 de Azpeitia, que desde marzo de 2017 tiene abiertas diligencias por  irregularidades en las obras de urbanización de acceso al palacete, ya que se acometieron sin licencia municipal. Hace un año, este juzgado ordenó ampliar las diligencias para practicar más pruebas.

El plazo para culminar la instrucción del caso era el pasado 3 de septiembre. En un auto dictado el pasado 30 de agosto, la titular del juzgado 2 de Azpeitia, María de Blas, acuerda trasladar el caso al juzgado número 1 “por tratarse de los mismos hechos” y tras conocerse la sentencia de la Audiencia de Gipuzkoa que archiva provisionalmente la vía penal.

Y se desentiende del caso sin realizar ninguna diligencia sobre las obras de urbanización, que se acometieron sin licencia, lo que provocó la apertura en el verano de 2016 de un expediente sancionador por parte del Ayuntamiento de Aia. El consistorio solventó la irregularidad en febrero de 2017 de manera rocambolesca: sin practicar ninguna prueba convirtió el expediente sancionador en una orden de ejecución, en la que, incumpliendo la ley vasca de Suelo, calificó el tipo de sanción y cambió al instructor del expediente, que era el secretario municipal, por… otro funcionario del ayuntamiento cercano de Getaria. En vez de recurrir a la Diputación de Gipuzkoa, como establece igualmente la ley vasca de Suelo.

Pero esta inhibición no ha sido aceptada por la Fiscalía de Gipuzkoa, que ha reaccionado con inusitada rapidez. Solo cuatro días después de que el juzgado número 2 de Azpeitia intentara apartarse del caso, la Fiscalía, en un escrito firmado el 4 de septiembre, lo ha rechazado. Argumenta que los dos juzgados no investigan los mismos hechos, ya que la instrucción del juzgado número 1 “versaba sobre la legalidad o no de la construcción del caserío” y la del juzgado número 2 “consiste en la ejecución de obras de urbanización realizadas en torno a dicho caserío”.

La Fiscalía agrega que “si bien existe evidente similitud no son plenamente coincidentes”, por lo que insta a la juez a adoptar una decisión, que debería ser continuar con las diligencias y practicar las pruebas anunciadas que no ha realizado en un año.

Ahora el juzgado número 2 de Azpeitia deberá posicionarse en este asunto que parece incomodar a algunas autoridades judiciales pero que requiere aclaraciones precisas después de tres años que lleva paseándose por los juzgados.

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