Una jueza de Bilbao archiva sin argumentos propios la denuncia a un alcalde por acoso a un vecino durante 18 años

La jueza de Bilbao que investigaba a una alcalde vizcaíno (Igoitz López, del PNV) por el acoso a un vecino durante 18 años por la simple colocación de unos estacas en su terreno ha archivado el caso sin aportar ningún argumento jurídico propio. La magistrada del juzgado de instrucción número 3 de Bilbao, Yolanda Paredes, se ha limitado a realizar un “corta y pega” del escrito de la Fiscalía, que descarta la existencia de los delitos de prevaricación, malversación, falsedad y desobediencia.

La jueza tuvo parada la investigación durante un año por su intento de apartarse del caso y, por ello,  ya recibió un varapalo, en julio del pasado año pasado, por parte de la Audiencia de BizkaiaUna magistrada que se define a sí misma como “influencer” de la moda, como apareció el pasado 27 de mayo en una entrevista en El Correo de Bilbao.

El vecino de Zamudio acosado, Txema Zarate, junto a las estacas colocadas en su propiedad.

El alcalde de Zamudio, Igoitz López, fue imputado por los delitos de prevaricación continuada, malversación, falsedad y desobediencia debido al acoso al vecino José María Zarate. En concreto, por los tres expedientes abiertos contra él, el no cumplimiento de las sentencias que dieron validez a la colocación de las estacas, los más de 12.000 euros gastados por el ayuntamiento en los pleitos e informes y la falsedad por un decreto “fantasma” de 2014.

Esta historia se remonta a  2001 cuando el vecino empezó a quejarse por el tráfico pesado que pasaba por el camino vecinal junto a su caserío de Zamudio y, tras múltiples gestiones, el aparejador municipal le aconsejó delimitar su terreno con unas estacas. En 2006 pidió la licencia municipal de obras pero no recibió respuesta en ocho meses.  Acogiéndose al silencio administrativo positivo, colocó 43 estacas entre el 21 y el 23 de mayo de ese año. Entonces no hubo silencio municipal. La entonces alcaldesa, Sorkunde Aiarza (PNV)dictó un decreto para derribar las estacas en solo cinco días pese a que había sido advertida tanto por una funcionaria como por la Ertzaintza de que el afectado había interpuesto una denuncia en el juzgado.

En 2010 un juzgado de lo penal de Bilbao condenó a la anterior alcaldesa por prevaricación, un fallo confirmado ese mismo año por la Audiencia de Bizkaia ya que ordenó los derribos “a sabiendas de su manifiesta ilegalidad” y de “forma arbitraria”. Sorkunde Aiarza fue además inhabilitada durante 9 años para cualquier cargo, lo que, además de dejar la alcaldía antes de terminar su mandato, le impidió concurrir, como había previsto su partido, el PNV, a las Juntas Generales de Bizkaia.

Pese a las dos sentencias judiciales, el ayuntamiento se resistió a cumplirlas ya con el nuevo alcalde, Igoitz López, que entró en el cargo en 2011. Fue necesaria otra intervención  de los tribunales. En noviembre de 2013, la Audiencia de Bizkaia advirtió al ayuntamiento de “renuencia o entorpecimiento injustificado en la concesión de la licencia [para reponer las estacas] al recurrir a argumentos ya rechazados”. En julio de 2014, el alcalde aprobó la licencia de obras y Zarate pudo instalar las estacas.

Pero desde entonces, el consistorio se ha negado a conceder la licencia fin de obra. Hasta que  un decreto del alcalde, firmado el 12 de julio de 2017, anunció al vecino que no iba a disponer, tres años después, de la licencia de fin de obra “por incumplimiento de la misma” sin aportar más explicaciones. En una enrevesada argumentación, señalaba que se debía determinar si el camino es público y, en ese caso, se podría anular la colocación de las estacas y derribarlas. En ese escrito se informaba de otro decreto del alcalde de 2014 que desestimaba la licencia de fin de obra sin que el interesado haya sido informado de ello en estos tres largos años. La ley fija que debe notificarse en un plazo de 10 días.

Entre mediados de 2017 y principios de 2010, el vecino recibió tres comunicaciones del alcalde anunciándole la apertura de un expediente cuyo objetivo último es el derribo de las estacas. Harto del hostigamiento, José María Zarate presentó una denuncia el 14 de febrero del pasado año en la que habla de un «plan delictivo» del alcalde contra él con actuaciones que son una «represalia o mobbing institucional al ciudadano». «Una actuación municipal deliberadamente arbitraria, ilegal e irrespetuosa con los derechos constitucionales (del vecino)», agrega.

La jueza tomó declaración en mayo de 2018 al denunciante y al alcalde, en julio pasado, quien no aclaró las razones del hostigamiento que él considera «un conflicto entre vecinos». Y especialmente no aportó explicaciones claras sobre uno de los elementos claves del caso, el decreto “fantasma” de 2014 en el que negaba la concesión de la licencia de fin de obras de las estacas, que habría zanjado el conflicto, y del que el vecino no tuvo conocimiento hasta 2017.

En un auto dictado el pasado 24 de septiembre, la jueza Yolanda Paredes, se limita a afirmar que los hechos “no son constitutivos de infracción penal” y, a continuación, incluye en su literalidad el informe de la Fiscalía de 30 folios, sin contrarrestar las argumentaciones del vecino.

En su escrito, la fiscal rechaza las imputaciones. Dice que no existe prevaricación porque las decisiones del alcalde “están fundamentadas en informes previos emitidos por los técnicos”,  que no hay falsedad en el decreto de 2014 sino “un defecto de forma” por la falta de la firma del secretario municipal; argumenta que no existencia desobediencia a la sentencia que condenó a la anterior alcaldesa y que “no se desprenden elementos” de malversación de fondos.

Pero, curiosamente, la fiscal admite que en uno de los elementos claves, el decreto “fantasma” de 2014, las notificaciones “no constan entregadas” al vecino. Y omite la argumentación de la Audiencia de Bizkaia en 2013, cuando reprochó al alcalde el entorpecimiento en la concesión de la licencia de obras, de que se utilizaran argumentos rechazados en la sentencia que inhabilitó a la anterior alcaldesa. Como que las estacas no son un cierre, como se empeña en expresar el ayuntamiento de Zamudio para conseguir de nuevo el derribo, sino una delimitación.

El auto de archivo de este caso debería ser examinado por las instancias judiciales superiores. No se puede dictar un sobreseimiento (y hay jurisprudencia de ello) sin que el juez exponga sus razones y rebata las argumentaciones de las partes. Y tampoco deberían validarse documentos públicos sin las firmas preceptivas y, encima, ocultándolo al interesado durante tres años. Un esperpento más en un caso que debería sonrojar a quienes lo protagonizan desde hace 18 años.

3 Comentarios
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    21 octubre, 2019at7:49 pm Responder

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