La extraña renuncia de la juez que investiga el acoso de un ayuntamiento a un vecino durante 17 años

El caso de la persecución a un vecino de Zamudio por parte de este ayuntamiento vizcaíno tiene otro capítulo más. Una juez de Bilbao inició el pasado 18 de marzo una investigación contra el alcalde de Zamudio, Igoitz López (PNV), por los delitos de prevaricación continuada, malversación, falsedad y desobediencia a la autoridad judicial por el acoso a un vecino, que lleva más de 17 años de hostigamiento por el ayuntamiento por la simple colocación de unas estacas en su terreno. Pero poco más de dos meses después, la juez se ha apartado de la instrucción aduciendo que ya lo investigó hace varios años. Una inhibición sorprendente, según medios judiciales.

El vecino de Zamudio acosado, Txema Zarate, junto a las estacas colocadas en su propiedad.

El apartamiento se produce justo después de que declarara el denunciante, José María Zarate, el pasado 15 de mayo. Un testimonio tras el cual la titular del juzgado de instrucción número 3 de Bilbao, Yolanda Paredes, tenía intención de tomar la declaración al imputado, el alcalde de Zamudio.

La investigación judicial iniciada en marzo viene tras la demanda presentada por el vecino el 14 de febrero, quien en apenas medio año ha recibido tres comunicaciones del alcalde anunciándole la apertura de un expediente  cuyo objetivo último es el derribo de las estacas. Dos fallos judiciales ya firmes, en 2010, condenaron al Ayuntamiento a restituir los postes derribados y obligaron a la anterior alcaldesa a dejar su cargo por prevaricación.

La denuncia investigada desde febrero habla de un “plan delictivo” del alcalde contra el vecino con actuaciones que son una “represalia o mobbing institucional al ciudadano”. “Una actuación municipal deliberadamente arbitraria, ilegal e irrespetuosa con los derechos constitucionales (del vecino)”, agrega. .

Toda esta odisea se remonta a 2001, cuando  José María Zarate empezó a quejarse por el tráfico pesado que pasaba por el camino vecinal junto a su caserío de Zamudio: debido a la estrechez de la calzada, los camiones invadían sus terrenos. Entre 2004 y 2006 se reunió hasta seis veces con el Ayuntamiento para buscar una solución. El aparejador municipal le aconsejó delimitar su terreno con unas estacas. Dicho y hecho. En 2006 pidió la licencia municipal de obras pero no recibió respuesta en ocho meses.  Acogiéndose al silencio administrativo positivo, colocó 43 estacas. Entonces no hubo silencio municipal. El primer día de las obras, la entonces alcaldesa, Sorkunde Aiarza (PNV), apareció en su caserío para decirle que no podía hacer nada y antes de finalizar la obra la ex parlamentaria del PNV y ex  viceconsejera de Educación Arantza Aurrekoetxea le conminó a que “parara inmediatamente”.

La entonces alcaldesa dictó un decreto para derribar las estacas en solo cinco días. Sin transcurrir ese periodo, convocó una comisión municipal y acordó la demolición, pese a que había sido advertida tanto por una funcionaria como por la Ertzaintza de que el afectado había interpuesto una denuncia en el juzgado. En 2010 un juzgado de lo penal de Bilbao le condenó por prevaricación, un fallo confirmado ese mismo año por la Audiencia de Bizkaia ya que ordenó los derribos “a sabiendas de su manifiesta ilegalidad” y de “forma arbitraria”. Sorkunde Aiarza fue además inhabilitada durante 9 años para cualquier cargo, lo que, además de dejar la alcaldía antes de terminar su mandato, le impidió concurrir, como había previsto su partido, el PNV, a las Juntas Generales de Bizkaia. Pocos meses después, fue nombrada directora del Museo de Reproducciones Artísticas de Bilbao, un centro cultural propiedad del Ayuntamiento y la Diputación, gobernados por los peneuvistas. La oposición protestó pero permanece en el cargo.

Pese a las dos sentencias judiciales, el ayuntamiento se resistió a cumplirlas ya con el nuevo alcalde, Igoitz López. Fue necesaria otra intervención  de los tribunales. En noviembre de 2013, la Audiencia de Bizkaia advirtió al ayuntamiento de “renuencia o entorpecimiento injustificado en la concesión de la licencia [para reponer las estacas] al recurrir a argumentos ya rechazados”. En julio de 2014, el alcalde aprobó la licencia de obras y Zarate pudo instalar las estacas.

La juez justifica su inhibición en el caso porque en 2012 investigó una denuncia similar. Pero se trata de diferentes hechos y no parece que cumpla la causa aducida para la renuncia

 

Pero el consistorio nunca le ha concedido la licencia de fin de obra. Zarate estuvo esperando tres años a una respuesta municipal. Hasta que  un decreto del alcalde, firmado el 12 de julio de 2017, anunció al vecino que no iba a disponer de la licencia de fin de obra “por incumplimiento de la misma” sin aportar más explicaciones. En el escrito le informaba de otro decreto, elaborado supuestamente en octubre de 2014, que desestimaba  la licencia de fin de obra sin que el interesado haya sido informado de ello en estos tres largos años. La ley fija que debe notificarse en un plazo de 10 días. La defensa de Zarate considera que es un documento falso y ha pedido al juzgado el original de ese decreto de 2014 y las declaraciones de dos funcionarios (entre ellos el secretario municipal) sobre dicho decreto, “desaparecido” hasta hace un año.

Zarate, en su declaración ante la jueza el 15 de mayo, aseveró que el “el alcalde [de Zamudio] me dijo que se quitaba un muerto de encima” cuando en 2014 le concedió el permiso para instalar las estacas pero luego el primer edil cambió su actitud. La juez dictó un auto, dos semanas después, el 1 de junio, en el que pide “la abstención” en esta instrucción. Lo justifica porque en 2012 ya investigó otra denuncia del vecino contra el alcalde por denegarle la licencia de obras de colocación de las estacas.

“Son el antecedente previo”, argumenta, “de la actual denuncia por lo que esta instructora debe abstenerse” al aludir a “la causa 11 del artículo 219” de la ley del poder judicial. En dicho apartado se establece como causa de abstención  “haber participado en la instrucción de la causa penal o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia”. Es decir, que si un juez de instrucción asciende a otra instancia judicial como una Audiencia o un Tribunal Superior no puede luego juzgar un caso que ha instruido o resuelto en el pasado. La jueza admite en su auto del 1 de junio que no se trata de otra instancia judicial pero justifica su petición de abstención porque “se tratan de los mismos intervinientes y siendo idénticamente igual la naturaleza de los hechos”.

Ahora la Audiencia de Vizcaya debe dictaminar si acepta o no el apartamiento voluntario de la jueza y, mientras decide, la instrucción del caso queda paralizada.

Es sorprendente que la jueza no se apartara del caso según recibió la denuncia en febrero pasado, puesto que se supone que ya conocía que había investigado años atrás una denuncia del vecino sobre las estacas. Y ahora, tras tomar declaración al denunciante, decida abstenerse para que el caso pase a otro juzgado. No parece que se cumplan las condiciones impuestas en la judicatura para inhibirse. Aunque los protagonistas sean los mismos, los hechos son diferentes: entonces era una licencia de obras y ahora es una conducta  continuada “de mobbing institucional al ciudadano”. La Audiencia de Vizcaya debe decidir pero todo sueña extraño.

 

1 Comentario
  • auskalo

    26 junio, 2018at12:51 am Responder

    Me quedo alberto con tu ultima conclusión, pudiera entender aún no siendo de forma estricta que pidiera su abstención, cosa que le honraria incluso por rectitud y pulcritud, pero con todo el proceso mas que iniciado, es ahora cuando se da cuenta que ya intervino anteriormente en un jucio en misma localidad con mismos intervinientes y mismo problema a dirimir en los juzgados………

    O no se habia leido nada hasta ahora o su memoria era muy fragil y «alguien» «convenientemente» «le ha recordado» presuntamente que esto es un oasis vasco y que quien pretenda ver espejismos en el desierto pude ser descabalgado, le habran enseñado quizas la foto de algun y alguna colega suya de oasis vecinos y su antes y despues en la carrera judicial?………ya que estamos en territorio foral ,estoy convencido en mi fuero interno que esto ha sido asi….

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