Un informe de la Ertzaintza contrario al casoplón de Gipuzkoa reaparece en el juzgado tras dos años en un cajón
Otra actuación atípica en el caso del casoplón de Aia, (Gipuzkoa), el palacete (11 habitaciones y 11 baños) construido por la familia de una concejal del PNV de Zarautz que incumple la ley de Suelo. Dos años después de que la Ertzaintza elaborase un informe que constaba irregularidades urbanísticas, el juez encargado del caso lo ha sacado del cajón y lo ha incorporado a las diligencias. Lo curioso es que esta decisión se ha tomado justo después de que la Audiencia de Gipuzkoa haya ratificado el archivo provisional de la investigación penal. Y además el juzgado no ha practicado ninguna de las pruebas pedidas en el informe por la Ertzaintza: dos estudios detallados del área donde se ubica el casoplón y la sonometría, una medición exacta de la edificabilidad y volumetría del palacete y la toma de declaración del aparejador municipal de Aia, quien concedió la primera licencia de rehabilitación.
En este caso se investiga a la familia de la concejal de Urbanismo y Obras en Zarautz, Maite Garrastazu: aprovecharon un caserío en ruinas pero ejecutaron una nueva edificación en una ubicación diferente; la superficie se duplicó (567 metros cuadrados frente a los 309 del antiguo caserío, y la a planta del palacete es 2,5 veces mayor: 469 metros cuadrados frente a 183) y se asienta en un área rural de especial protección y en un corredor ecológico, donde habita una pareja de halcones peregrino. Todo ello con un informe contrario del Ararteko que ha concluido que, al tratarse de un suelo no urbanizable de especial protección, “solo cabe autorizar las obras de reconstrucción de caseríos existentes” en casos excepcionales y la ley de suelo “no permite el cambio de ubicación”.
La primera denuncia se interpuso en 2015, cuando la Federación Guipuzcoana de los Deportes Aéreos, que desde hace más de 25 años utiliza el paraje donde se asienta el palacete para la práctica del parapente, se encontró con los accesos cerrados. Presentaron una denuncia en la Ertzaintza y un juzgado de Azpeitia abrió diligencias penales por dos delitos de prevaricación y contra la ordenación del territorio.
En mayo de 2016, el juzgado de instrucción número 1 de Azpeitia decretó el archivo provisional del caso: no veía ni prevaricación ni delito contra la ordenación. Consideraba legal la licencia aunque, en su auto, pasaba por encima los dos elementos claves del caso: el cambio de ubicación del casoplón y que se trate de una nueva ubicación. El auto fue recurrido por los denunciantes ante la Audiencia de Gipuzkoa, que ha tardado dos años en tomar una decisión.
En una sentencia dictada el pasado 4 de julio por la Sección Tercera de la Audiencia guipuzcoana, se ratifica el archivo provisional al considerar que “no es una intervención constructiva de nueva planta” sino una “una intervención constructiva de sustitución”. El fallo no tiene en cuenta los informes contrarios del Ararteko y la Diputación de Gipuzkoa a la construcción del casoplón en otro emplazamiento y cuestiona que la ley vasca de Urbanismo “permita únicamente el cambio de ubicación en el supuesto de reconstrucción por expropiación”.
Este sobreseimiento pone de nuevo en marcha la vía contencioso-administrativa, donde está abierta otra causa por los mismos hechos, que ha estado paralizada estos dos años.
Apenas ocho días después de la decisión de la Audiencia, el juzgado de instrucción número 1 de Azpeitia ha dictado una providencia, fechada el 12 de julio, en la que incorpora un informe crítico de la Ertzaintza. La Policía Autónoma se había mantenido poco activa en este caso. Después de que en agosto de 2015 tramitara la primera denuncia de los parapentistas, la comisaría de la Policía en Zarautz se limitó a realizar visitas de inspección de la zona y la petición de informes a administraciones y del expediente urbanístico del palacete al Ayuntamiento de Aia.
Todo cambió en el verano de 2016, con la elaboración de este informe “fantasma” por parte del Área de Medio Ambiente y Urbanismo de la Ertzaintza, en el que veía posibles delitos en la construcción del casoplón. Un informe que no ha aparecido hasta ahora. El juzgado de Azpeitia solo lo incorpora a las diligencias aunque sin ninguna valoración. “Unase a los autos de su razón y estése a lo acordado en las actuaciones. Remítanse las mismas al archivo”, se limita a señalar en la providencia dictada el pasado 12 de julio.
La Ertzaintza cuestiona al principal argumento esgrimido por la familia Garrastazu para justificar el cambio de emplazamiento, un supuesto riesgo de deslizamiento de tierras
El informe de la Ertzaintza, fechado el 12 de julio de 2016, es contundente ya que apunta la existencia de “presuntas irregularidades urbanísticas” en el casoplón. Cuestiona al principal argumento esgrimido por la familia Garrastazu para justificar el cambio de emplazamiento, un supuesto riesgo de deslizamiento de tierras. “No especifica el grado de riesgo. No hay ningún análisis que permita considerar que la restauración del antiguo caserío fuese inviable. No se ha hecho ningún control de estabilidad de las vertientes”. El informe policial añade que en la nueva ubicación “cabe la posibilidad” de que incluso sea “más crítica en términos de estabilidad”.
La Ertzaintza recuerda que la ley vasca de Urbanismo prohíbe edificar caseríos a más de 50 metros del emplazamiento original en suelos no urbanizables y que la superficie construida no debe rebasar la del inmueble original.
El atestado concluye con la petición al juzgado de cuatro pruebas: que el Instituto de Geología y Minas de España elaborase un estudio detallado del área donde se ubica el casoplón, otro informe sobre sonometría (el ruido y el riesgo de deslizamiento han sido los motivos esgrimidos por la familia Garrastazu para justificar el cambio de ubicación), una medición exacta de la edificabilidad y volumetría del palacete (casi duplica la superficie construida: 567 metros cuadrados frente a los 309 del antiguo caserío, y la a planta del palacete es 2,5 veces mayor: 469 metros cuadrados frente a 183). y la toma de declaración del aparejador municipal de Aia, quien concedió la primera licencia de rehabilitación.
El juzgado no ha contestado en estos dos años al informe ni ha ordenado practicar ninguna de las cuatro pruebas pedidas por la Ertzaintza.
Es llamativa la actuación del juzgado de Azpeitia de incorporar ahora, cuando la Audiencia de Gipuzkoa ha decretado el archivo penal, un informe crítico con el casoplón. ¿Por qué lo ha tenido en el cajón durante dos años? ¿Y por qué no ha realizado ninguna valoración, una vez unida a la instrucción, para justificar si procede o no practicar esas pruebas? La ley obliga a los juzgados a incorporar por oficio un informe de este tipo, máxime cuando procede de la Policía Judicial como es la Ertzaintza. Y el juez debe pronunciarse sobre su contenido. Más claroscuros en este sombrío caso.
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