La Justicia anula por cuarta vez en 11 años el plan urbanístico que beneficiaba a la ex alcaldesa de Lezama
De nuevo otro varapalo judicial al Ayuntamiento de Lezama por el plan urbanístico que beneficiaba a su ex alcaldesa. El Tribunal Supremo ha confirmado la anulación del Plan General (la principal herramienta urbanística de un municipio) dictada en 2018 por el Tribunal Superior vasco. Es la cuarta vez, en una situación inédita en Euskadi, que la Justicia ha tumbado el plan general urbanístico de un municipio.
Como ha informado este blog, el Tribunal Superior vasco de Justicia investigaba, desde junio de 2016, la legalidad del plan urbanístico de Lezama, tras una denuncia presentada por la plataforma Lezama Bizirik y medio centenar de vecinos de la localidad. Este mismo plan ya quedó anulado en 2009 por otra sentencia del Tribunal Superior vasco por irregularidades en el informe de impacto ambiental.
Uno de los aspectos más polémicos del plan fue la recalificación de los terrenos de la familia de la ex alcaldesa Alaitz Etxeandia (PNV), para construir viviendas. Este solar, conocido como Txupetxa, estaba catalogado como inundables desde 1993, lo que impedía cualquier construcción.
El ayuntamiento tramitó este plan por vez primera hace ya más de 10 años, en 2007, rebajando la inundabilidad en base al informe de una consultora. Entonces empiezan los primeros movimientos sospechosos. Justo en 2007 se firmó un acuerdo de compraventa entre la familia Etxeandia y dos constructoras. El documento fue suscrito ocho meses antes de que el Ayuntamiento de Lezama, con Alaitz Etxeandia entonces como alcaldesa, recalificara los terrenos. Suponía el pago de 5,5 millones de euros a la familia de la alcaldesa: su padre, su tía y cuatro primos.
El solar de los Etxeandia, ubicado junto al río Asua, estaba considerado, como se ha comentado, inundable desde 1993 y cuando empezó a revisarse el plan urbanístico de Lezama en 2002 se mantuvo esta calificación. Solo en la última fase, pocos días antes de la aprobación por parte del Gobierno vasco (y por tanto sin estar sujeto a alegaciones por la ciudadanía), el ayuntamiento introdujo el cambio para convertirlos en urbanizables y la Dirección de Aguas del Gobierno vasco aprobó la modificación en solo cuatro días y basándose en un informe municipal “que sólo ha podido ser analizado con premura”, según admitió entonces la Dirección de Aguas.
Pese a la anulación por los tribunales en 2009, Alaitz Etxeandia empezó a aplicar el plan pero solo impulsando los proyectos para urbanizar su solar. Fue (otro dato esclarecedor) la única actuación urbanística que se puso en marcha en Lezama. Y no salió gratis: el ayuntamiento se gastó en estos proyectos para el solar de los Etxeandia más de 100.000 euros. Pero todos ellos fueron anulados en 2009, en tres fallos diferentes, por los tribunales, que declararon ilegal la promoción urbanística en el solar de la alcaldesa al estar anulado todo el plan general de Lezama.
Ante los reveses judiciales, el Ayuntamiento empezó a tramitar un nuevo plan urbanístico en el municipio, prácticamente idéntico al anulado y manteniendo la recalificación del solar de la ex alcaldesa. Los vecinos volvieron a recurrir a la Justicia en 2016 y en un fallo, dictado el 12 de febrero de 2018 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior, se anuló todo el plan por cuatro irregularidades diferentes: el retraso de un año en incluir la participación ciudadana, obviar el alto valor agrícola y forestal de 65 hectáreas que destinó como urbanizables, incumplir la normativa de descontaminación de suelos y no contar con el informe del Gobierno central en materia de telecomunicaciones.
La sentencia daba igualmente, un tirón de orejas a la ex alcaldesa por su reiteración en apoyar el plan general que beneficiaba a su familia. Citaba diez votaciones en las que votó a favor. “En ningún momento relevante de la tramitación y aprobación del Plan General la alcaldesa se abstuvo de emitir su voto favorable”, señaló la sentencia de 2018.
“La que fue alcaldesa votó favorablemente acuerdos, en concreto la aprobación inicial y provisional del Plan General”, añadía el fallo, pese a que “era conocedora de que familiares directos tenían formalizado contrato de venta condicionada a la posibilidad edificatoria del suelo, que estaba vinculado a la aprobación del Plan General”.
El fallo fue recurrido por el Ayuntamiento de Lezama. El Supremo solo ha analizado dos de las cuatro irregularidades, en concreto por el retraso de un año en incluir la participación ciudadana y no contar con el informe del Gobierno central en materia de telecomunicaciones. El alto tribunal, en un auto dictado el pasado 12 de noviembre, confirma que no se cumplieron esos dos requisitos.
De nuevo la actuación de un ayuntamiento con el urbanismo es condenada por la Justicia. Y en este caso se da la inaudita situación de que el plan urbanístico es tumbado por cuarta ocasión, esta vez por el Tribunal Supremo, tras dos sentencias anteriores del Tribunal Superior vasco. Y cabe recordar que en el fallo del Superior de 2018 se aluda a la actuación parcial de la ex alcaldesa por beneficiarse con la recalificación de terrenos familiares añade aún más gravedad. Una mandataria que, cuando se destapó la polémica en 2009, llegó a afirmar que desconocía la propiedad del solar familiar, votó reiteradamente a favor de las recalificaciones y, tras ocho años en la alcaldía, fue recolocada en un alto puesto de la Diputación vizcaína.
1 Comentario