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Sopuerta acepta un año después que se fiscalice un error urbanístico que costó 250.000 euros a una vecina

El Ayuntamiento de Sopuerta (EH Bildu) ha traslado más de un año después a la Cojua, un órgano jurídico independiente del Gobierno vasco, el caso de un error urbanístico que obligó a una vecina a gastarse más de 250.000 euros. En todos los casos que un ciudadano pide una indemnización de más de 18.000 euros a un ayuntamiento, el consistorio tiene que solicitar un informe a la Cojua sobre si procede o no pagar. Igualmente debe recurrir a este órgano cuando un ciudadano reclama que un acto administrativo, que no recurrió en su día, se revise o se anule.

La afectada viene reclamando desde el pasado año que se cumpla esta obligación, que ha sido eludida hasta ahora por el Consistorio. El ayuntamiento, que  en un principio solo ofreció una indemnización de 900 euros a la afectada, ha elevado posteriormente el resarcimiento hasta 22.000 euros, el 8% del perjuicio.

Este caso se remonta ya a 10 años atrás. El Consistorio vizcaíno ha reconocido que entonces dio el permiso para reconstruir una casa de indianos en otra ubicación y que “la contestación dada era errónea” por incumplir la ley de Suelo. También ha admitido que, debido a ese fallo, el promotor incurrió en “gastos que han sido inútiles” pero únicamente ofreció inicialmente pagarle por las tasas de la licencia (964 euros) pero no por la compra del inmueble, que son 170.000 euros, ni los gastos acometidos durante cinco años, hasta que fue denegada definitivamente la posibilidad del proyecto.

Es en febrero de 2016 cuando la vecina realiza una consulta urbanística al Ayuntamiento de Sopuerta sobre una casa de indianos. Pregunta si es posible la reconstrucción en otra ubicación (a unos 200 metros), ya que estaba junto a la carretera y en un área inundable. Solo un mes después, el arquitecto emite un informe positivo al cambio de ubicación y la vecina compra en junio de 2016 el inmueble por 170.000 euros.

Dos años después, en 2018 el ayuntamiento le deniega la licencia de obras, ya que argumenta que es necesaria una ordenanza municipal que avale el cambio de ubicación. Le traslada que pida una segunda licencia de obras.

La vecina sigue la recomendación municipal, solicita de nuevo el permiso de obras y, en enero de 2019, el Consistorio aprueba una ordenanza que permite el traslado de una vivienda para su rehabilitación. Pero, tras las alegaciones de un grupo ecologista de que se incumplía la ley vasca de Suelo, el ayuntamiento recula y en noviembre de 2020 deniega la segunda licencia de obra. La decisión se confirma en julio de 2021 con el cambio de la ordenanza (la que se había aprobado en 2019) que impide la reconstrucción de casas en un lugar diferente a su ubicación originaria.

La promotora ha acudido a la Justicia que, basándose en la ley vasca de Suelo, ha considerado ilegal el traslado para la reconstrucción de la vivienda.

Así, cinco años después, la vecina ve frustrado su proyecto después de gastos cuantiosos. Además de la compra de 170.000 euros, ha tenido que pagar partidas de casi 50.000 euros para el mantenimiento de un inmueble que estaba bastante deteriorado, 23.000 euros al arquitecto que le ha elaborado los proyectos y varios miles de euros más en obras de urbanización, saneamiento o suministros. En esos cinco años, de 2016 a 2021 el coste supera los 250.000 euros.

La cantidad llega a los 345.000 euros si se extiende hasta ahora y se incluyen gastos de abogados y de atención psicológica, ya que la vecina ha sufrido una depresión por lo ocurrido. La afectada ha presentado un listado de 155 facturas con todos sus gastos desde 2016.

El Ayuntamiento, en un informe de febrero del pasado año, limitó la indemnización a 964 euros, correspondientes a la tasa de la licencia para la reconstrucción y de la autorización de la Diputación de Bizkaia. Tras la reclamación de la afectada, se encargó un informe pericial, concluido el pasado 27 de noviembre, en el que se eleva la indemnización a 21.000 euros. Argumenta que el perjuicio es de “entre el 15% y el 20%” pero utiliza el criterio de una expropiación por una nueva infraestructura viaria. Sin embargo, este caso no existe ningún vial nuevo, sino que la propuesta de la vecina era el cambio de emplazamiento de la vivienda por estar junto a una carretera y en un área inundable.

El informe pericial fue elaborado por Teresa Garagalza, que no es una tasadora sino una ingeniero agrónomo. Es además la misma técnico que, en el caso del polémico acoso al vecino de Zamudio por la colocación de unas simples estacas, defendió que el camino era público, lo que propiciaba el derribo de los palos. Este año el Consistorio ha admitido, tras cinco años, que es un vial privado.

El pasado 22 de diciembre, el Ayuntamiento de Sopuerta ha suscrito otro informe en la que confirma su responsabilidad en el error pero sigue limitando la indemnización a 22.000 euros, frente a los 345.000 euros que exige la afectada. En el informe, anuncia por fin el traslado del expediente a la Cojua “para que emita dictamen sobre la misma”.

Esta fiscalización llega con un año de retraso, ya que la reclamación de la vecina se presentó en julio de 2024 y la ley establece un plazo máximo de seis meses para la contestación. En ese periodo tenía que haberse pedido el informe a la Cojua y haber resuelto la petición. Es decir, que el caso debería haberse finiquitado en enero de 2025.

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