El exalcalde que autorizó el casoplón de 11 baños es ahora el secretario municipal que debe tramitar el derribo
El exalcalde que autorizó el polémico casoplón de 11 baños en Aia (Gipuzkoa) es ahora el secretario municipal que debe tramitar su derribo. Igor Iturain, quien fue alcalde en la localidad en representación del PNV desde 2003 a 2015, ocupa el cargo de secretario accidental desde hace casi tres años. La sentencia del Tribunal Superior vasco, del pasado 17 de enero, que ordenaba la demolición del palacete implica la actuación directa del secretario municipal de Aia. En concreto, en lo referido a que se debe tramitar un expediente sancionador urbanístico que afectaría tanto a los promotores como a los cargos (entre otros, él mismo como alcalde) y técnicos municipales que han intervenido.
Iturain ya fue imputado judicialmente en este caso en 2018. Entonces, un juzgado de Azpeitia le implicó junto a otras cuatro personas más: el arquitecto Gaizka Perosterena, el aparejador Mikel Iradi (ya fallecido) y dos miembros de la familia promotora del casoplón, Elisabeth Garrastazu y María Garrastazu. En el auto, la jueza se basó en los argumentos en los que se ha apoyado el Superior para ordenar el derribo. “La acción constructiva en el caso Amesti [el nombre del casoplón] no es de rehabilitación o reconstrucción sino de construcción de un edificio de nueva planta”. La jueza agregaba que “no es autorizable en suelo no urbanizable de especial protección”, como está clasificada el área donde se ubica el casoplón.
El ahora secretario municipal de Aia y los otros cuatro imputados tenían que haber declarado en marzo de 2019. Pero un flagrante error de la jueza, al no pedir la ampliación de la investigación judicial, anuló las declaraciones y dejó sin responsabilidad a los cinco implicados. La inacción judicial tuvo otra muestra más: la jueza apenas practicó ninguna diligencia en casi tres años. La única fue el auto con la toma de declaración.
Así, en noviembre de 2019, se anuló la toma de los testimonios, lo que luego llevó al archivo provisional de la investigación.

La sentencia del pasado enero del Tribunal Superior vasco consideró ilegal la reconstrucción del casoplón de 11 habitaciones y 11 baños construido por la familia de una ex concejal del PNV de Zarautz que incumple la ley de Suelo. El motivo es su ubicación (en un alto del municipio guipuzcoano de Aia) en un lugar diferente al del caserío original (en concreto, a unos 200 metros) por contravenir la ley vasca de Suelo y declara también nulas las obras de urbanización acometidas. Por ello, ordenó “la reposición de los terrenos al estado anterior a dichas obras”.
En el fallo, firmado el pasado 17 de enero, se declararon nulos hasta cuatro decretos y acuerdos del Ayuntamiento de Aia que autorizaron tanto la construcción como las obras de urbanización del casoplón en 2013, 2015 y 2017. En su argumentación, el Superior señalaba que hay un incumplimiento claro de la ley vasca de Suelo, ya que “la reconstrucción de los caseríos se debe llevar a término allí donde se encuentra la estructura edificada que permita identificarlos como tales”.
Pero tanto el ayuntamiento como los promotores han sostenido en todos los litigios judiciales que el hecho de ubicarse a 200 metros no lo invalida. “No existe ninguna otra posibilidad legal de reconstruir un caserío en suelo no urbanizable en el que no hubiera habido una edificación previa”, rebatió la sentencia. Y agregó que los caseríos pueden reconstruirse en suelo no urbanizable “siempre que se trate del mismo lugar en el que están ubicados”.
El Superior recordó que la nulidad de la edificación del palacete conlleva la ilegalidad de las obras de urbanización. “Como consecuencia lógica, si no existe cobertura legal para ubicar el caserío en un lugar distinto, pierden su objeto las licencias administrativas relativas a los accesos al mismo”.
Las investigaciones judiciales sobre el casoplón llevan ya 10 años en los tribunales. En 2015, se presentó una demanda por parte la Federación Guipuzcoana de los Deportes Aéreos, que desde hace más de 30 años utiliza el paraje donde se asienta el palacete para la práctica del parapente. Se basaba en que la familia de la ex concejal de Urbanismo y Obras en Zarautz, Maite Garrastazu, aprovechó un caserío en ruinas para ejecutar una nueva edificación en una ubicación diferente; la superficie se duplicó (567metros cuadrados frente a los 309 del antiguo caserío, y la a planta del palacete es 2,5 veces mayor:469 metros cuadrados frente a 183) y se asienta en un área rural de especial protección y en un corredor ecológico, donde habita una pareja de halcones peregrino. El proyecto tenía un informe contrario del Ararteko que concluyó que, al tratarse de un suelo no urbanizable de especial protección, “solo cabe autorizar las obras de reconstrucción de caseríos existentes” en casos excepcionales y la ley de suelo “no permite el cambio de ubicación”.
Además, la Diputación de Gipuzkoa, en un informe firmado el 7 de mayo de 2015 por el jefe de la Sección Técnica del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Diputación de Gipuzkoa, concluía que la Ley del Suelo vasca prohíbe reconstruir caseríos aumentado la edificación y «es evidente que la estructura del edificio en construcción supera claramente el volumen del caserío anteriormente existente». Agregaba que los nuevos edificios residenciales en suelo urbanizable solo se permiten si están adscritos a una explotación agraria pero que «es importante destacar» que la ley del Suelo «indica claramente que no se podrán construir nuevos edificios residenciales en zonas de especial protección».
Durante estos 10 años, han salido a la luz hasta 14 irregularidades, como documentación no presentada, el oscurantismo del Ayuntamiento de Aia por negarse a facilitar el expediente urbanístico, un expediente sancionador resulto sin practicarse pruebas, una licencia fantasma que apareció hasta cinco años después o un informe de la Ertzaintza que apuntaba las anomalías y que se ignoró.
Los promotores se enfrentan a un perjuicio económico de casi 4 millones de euros. La multa se puede elevar a 2,4 millones, a lo que se agregan otros 150.000 euros del derribo y la restitución del terreno a su estado. El perjuicio se acercaría a los 4 millones de euros, con los 1,4 millones de euros que se calcula han costado las obras del palacete.
Además, el Tribunal Superior vasco tiene pendiente desde hace un año decidir sobre otra presunta ilegalidad del casoplón. En concreto, si el Ayuntamiento de Zarautz (colindante al de Aia) actuó ilegalmente a favor de palacete al conceder en 2015 la licencia de agua. El Consistorio se negó siquiera a debatir el asunto en junio de 2020 y una concejal del grupo de Podemos Equo Berdeak llevó el rechazo municipal a debatirlo a los tribunales. Es un tema que implica al entonces y todavía alcalde de Zarautz, Xabier Txurruka (PNV), y un técnico municipal de Urbanismo.
Otra paradoja más en el caso del casoplón de 11 habitaciones y 11 baños. El exalcalde de la localidad guipuzcoana de Aia que avaló la construcción debe intervenir en la sentencia que ordena la demolición. Y es que ahora es el actual secretario municipal, quien especialmente debe tramitar la apertura de un expediente sancionador urbanístico a los responsables. Entre otros, él mismo. De hecho, ya fue imputado hace 7 años pero la inacción judicial (otra más en este esperpento) le dejó sin responsabilidades.
ZAINURDAIBAI
26 mayo, 2025at11:00 amExcelente trabajo Alberto Zorionak…. una nota al margen, Igor Iturain Ibarguren es secretario accidental del Ayuntamiento de Aia…
Por lo tanto no es funcionario publico de habilitación nacional, como lo exigen las leyes. Los puestos de secretarios no se sacan a concurso oposición, y sirven para colocar a «uno de los nuestros» en cargos reservados a personal funcionario . Que precisan de un concurso oposición con igualdad de oportunidades, libre concurrencia, publicidad y demostración de los conocimientos en comparación con otros candidatos. Lo mismo que ocurre con los arquitectos municipales de nuestros municipios, que funcionan como asesores de los alcaldes de los partidos a quien deben el puesto, y que por ello hacen todo tipo de estropicios urbanísticos como el presente. Este Sr ha sido cargo publico del EAJ-PNV en el Ayuntamiento, en mancomunidades y miembro de las JJ.GG. de Gipuzkoa ¿donde queda la la preceptiva independencia y incompatibilidades en el cargo exigidas a estos cargos?.
Entre otras las que requieran ser servidas por funcionarios para mayor garantía de la objetividad, imparcialidad e independencia en el ejercicio de la función, con el fin de impedir que se incumplan las leyes que juran defender.