Los sospechosos informes oficiales que cambian en unos días para avalar los derribos en un edificio histórico de Mundaka
Esta es otra historia donde el interés particular vuelve a primar sobre el general. El damnificado es un edificio histórico del municipio vizcaíno de Mundaka, con un proyecto aprobado para derribar una de sus fachadas y vaciarlo por dentro. El fin es construir un parking subterráneo de 110 plazas y ocho viviendas. Las sospechas de la operación urbanística se acrecientan por la actitud de las administraciones públicas: dos informes que aconsejan e incluso prohíben los derribos que, unas semanas después, se modifican por otros dos escritos que avalan las demoliciones.
El llamado Palacio Larrinaga, ubicado en el caso histórico de Mundaka, es un edificio de estilo neobarroco del siglo XIX, construido por la familia del mismo nombre, propietaria de una naviera asentada en la ciudad inglesa de Liverpool. Sus herederos lo vendieron a una inmobiliaria local a mediados de los 80 pero ha seguido abandonado durante las últimas tres décadas. Finalmente, otra inmobiliaria lo adquirió la década pasada con la intención de construir un hotel con unos inversores británicos. El proyecto tampoco cuajó y finalmente se presentó otro plan de construir un parking subterráneo (que ocupa parcialmente el subsuelo del palacio) y ocho viviendas en la zona ajardinada.
El plan tuvo la rápida oposición de grupos locales y la asociación Zain Dezagun Urdaibai encabezó las actuaciones contrarias. El edificio figuraba ya en los años 80 en el inventario de bienes a proteger por parte del Gobierno central, un listado que fue trasladado al Gobierno vasco, que nunca ha llegado a catalogarlo de monumento. Sí ha figurado y figura como edificio singular con protección Integral del caso histórico de Mundaka.
Las obras para construir el parking y las viviendas comenzaron en 2015, lo que intensificó las protestas de los grupos contrarios y la intervención de las administraciones públicas. El pasado 5 de febrero, el Servicio de Patrimonio Cultural de la Diputación de Bizkaia, con el visto bueno del director de Cultura, informa favorablemente de las obras pero “valora negativamente” la demolición de la fachada trasera “con el único objetivo de ejecutar aparcamientos”. Aconseja a los propietarios que “reconsideren la necesidad de demoler la fachada trasera” y estudien otra actuación “más coherente con los valores patrimoniales del bien”.
Apenas tres semanas después, el 27 de febrero, el Servicio de Patrimonio Cultural de Bizkaia emite otro informe (éste ya firmado solo por la responsable foral de intervención arquitectónica y el arquitecto de restauración monumental) en el que se considera que los derribos son “respetuosos con el bien”.
El Departamento de Cultura del Gobierno vasco también realiza un informe, el pasado 14 de mayo, tras las quejas de la asociación Zain Dezagun Urdaibai. Señala que el palacio está en el catálogo de bienes de protección de Mundaka y que el “el derribo de fachada no encaja en ninguna” de las intervenciones permitidas.
“Como administración responsable de velar por la protección del patrimonio cultural vasco, advertimos que el Palacio Larrinaga no puede demolerse y que las obras en curso deberán garantizar la integridad de los elementos a restaurar”, concluye el escrito firmado por el director de Patrimonio Cultural del Gobierno vasco.
Pero solo nueve días después, el 23 de mayo, hay otro informe, tras una queja del alcalde de Mundaka Aitor Egurrola (PNV). El mismo alto cargo del Gobierno vasco señala que, al no ser un bien cultural inventariado por esta administración, la competencia de protección recae en el ayuntamiento o la Diputación vizcaína. Agrega que, con el visto bueno foral, la demolición “cumple con los requisitos legales pertinentes” y solo recomienda al Ayuntamiento de Mundaka que “vigile estrechamente” los trabajos para que “no se produzca de forma involuntaria el derrumbe del Palacio Larrinaga y se cause un daño irreparable al patrimonio arquitectónico de la localidad”.
El alcalde ha defendido el proyecto porque hace tres años cuando se aprobó el Plan General de Ordenación Urbana, el informe elaborado incluía “un inventario de elementos patrimoniales de la localidad y el edificio no figura entre ellos. Por tanto, queda solo bajo la protección municipal”.
Causa extrañeza el escaso interés en preservar uno de los principales edificios históricos de una localidad, al que desde su compra hace 35 años por inmobiliarias se ha permitido su deterioro progresivo. Cuestionable que pese a su catalogación desde los años 80 por parte del Gobierno central, no se haya aumentado su protección por el Ejecutivo vasco. Y roza el esperpento que dos informes oficiales que llegan a oponerse frontalmente el derribo sean contradichos por sus autores al de pocos días otorgando los parabienes al proyecto de parking y viviendas. Con total seguridad, tras unas llamadas al orden de los interesados en impulsar las obras. Esto es lo que tenemos
ZAIN DEZAGUN URDAIBAI ELK
3 junio, 2018at9:57 pmQue en ZAIN DEZAGUN URDAIBAI estamos seguros que todo ello persigue una estrategia planificada de destrucción del patrimonio Cultural de Mundaka para facilitar la especulación, como también estamos seguros que estas acciones y omisiones conducirán a corto plazo a la desaparición del bien multi-protegido por su interés, incluso recogido en el “Inventario del patrimonio Arquitectónico Español” como ELEMENTO 480680200008.
Nos encontramos ante un nuevo caso de lo que los Urbanistas denominan de “fachadismo” donde edificios que supuestamente se hallan protegidos al amparo de la legislación para su conservación como Patrimonio Histórico-Artístico, son demolidos casi en su totalidad y posteriormente sustituidos por nuevas estructuras, materiales, distribuciones, etc., tan solo conservando el muro de fachada del edificio histórico original, eufemística denominada de “renovación parcial”.
Estamos defendiendo la autenticidad frente a la falsificación, y en cualquier caso, un inmueble del que solo se conserva la fachada es un edificio de nueva planta y no un edificio histórico, pues más del 90% de su volumen construido (desde los cimientos hasta el tejado) ha sido sustituido.
Tenemos similares antecedentes en otros elementos protegidos de Urdaibai (Torre Madariaga…) que tiene como resultado el derribo “accidental” total o parcial del elemento protegido, y la perdida definitiva de valores histórico-artísticos, seguido de una larga lista de excusas, y las correspondientes lagrimas de cocodrilo del Ayuntamiento y de la Administración de Patrimonio Cultural. Eso si, sin la imposición sanciones o la Fiscalía denuncie a los responsables ante los juzgados por un delito de “Derribo o alteración grave de edificios singulares”.
ZAIN DEZAGUN URDAIBAI ELK
3 junio, 2018at9:57 pmQue en ZAIN DEZAGUN URDAIBAI estamos seguros que todo ello persigue una estrategia planificada de destrucción del patrimonio Cultural de Mundaka para facilitar la especulación, como también estamos seguros que estas acciones y omisiones conducirán a corto plazo a la desaparición del bien multi-protegido por su interés, incluso recogido en el “Inventario del patrimonio Arquitectónico Español” como ELEMENTO 480680200008.
Nos encontramos ante un nuevo caso de lo que los Urbanistas denominan de “fachadismo” donde edificios que supuestamente se hallan protegidos al amparo de la legislación para su conservación como Patrimonio Histórico-Artístico, son demolidos casi en su totalidad y posteriormente sustituidos por nuevas estructuras, materiales, distribuciones, etc., tan solo conservando el muro de fachada del edificio histórico original, eufemística denominada de “renovación parcial”.
Estamos defendiendo la autenticidad frente a la falsificación, y en cualquier caso, un inmueble del que solo se conserva la fachada es un edificio de nueva planta y no un edificio histórico, pues más del 90% de su volumen construido (desde los cimientos hasta el tejado) ha sido sustituido.
Tenemos similares antecedentes en otros elementos protegidos de Urdaibai (Torre Madariaga…) que tiene como resultado el derribo “accidental” total o parcial del elemento protegido, y la perdida definitiva de valores histórico-artísticos, seguido de una larga lista de excusas, y las correspondientes lagrimas de cocodrilo del Ayuntamiento y de la Administración de Patrimonio Cultural. Eso si, sin la imposición sanciones o la Fiscalía denuncie a los responsables ante los juzgados por un delito de “Derribo o alteración grave de edificios singulares”.
MILA
4 junio, 2018at1:47 pmUna de tantas cosas » raras » que ocurren en nuestro territorio!!!! Que pena que todas estas cosas no las conoce la mayoría de los ciudadanos para que vean y sepan que aquí en Euskadi también » se cuecen habas «.
¿Hasta cuando, los que con sus actuaciones debieran de dar ejemplo, nos tendrán engañados y manipulados ?
Estamos llegando a tales niveles de nepotismo, enchufismo, saqueo, expolio, corrupción, amiguismo, etc., etc.,, que esto ya no tiene arreglo. .
Habrá que gritar aquello de » PUEBLO DESPIERTA «.
, .
MILA
4 junio, 2018at1:47 pmUna de tantas cosas » raras » que ocurren en nuestro territorio!!!! Que pena que todas estas cosas no las conoce la mayoría de los ciudadanos para que vean y sepan que aquí en Euskadi también » se cuecen habas «.
¿Hasta cuando, los que con sus actuaciones debieran de dar ejemplo, nos tendrán engañados y manipulados ?
Estamos llegando a tales niveles de nepotismo, enchufismo, saqueo, expolio, corrupción, amiguismo, etc., etc.,, que esto ya no tiene arreglo. .
Habrá que gritar aquello de » PUEBLO DESPIERTA «.
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ZAIN DEZAGUN URDAIBAI ELK
4 junio, 2018at3:40 pmEn contra de lo que afirman, los dos informes a la “Carta” de Cultura de la Diputación y en el informe de la Arquitecta Municipal, y el Alcalde Egurrola el edificio en cuestión está catalogado en el vigente Plan de Ordenación Urbanística y recogido en el “inventario e identificación de bienes y demás elementos construidos existentes en el municipio que por su interés arquitectónico, cultural, histórico, arqueológico y cualquier otro, deben ser conservados y protegidos de actuaciones destructivas y/o degradantes” (Art. 1.2.9).
En el citado catalogo el Palacio Larrinaga esta declarado como “Bien inmueble con el nivel de protección 1. Grado integral NP1-I”, lo que supone los siguientes limites legales siguientes:
“se recogen los bienes inmuebles que en la relación remitida por el Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, … que deben ser sometidos a las intervenciones constructivas de restauración científica y restauración conservadora. También se incluye … los edificios contenidos en el listado del plan especial de rehabilitación del casco histórico de Mundaka para el grado de protección integral…”
Y añade que:
“.. siempre que se garantice su conservación y mantenimiento sin contravenir, en ninguna circunstancia, las especificaciones del Título III de la Ley 7/1990 de 3 de Julio del Patrimonio Cultural Vasco.”
Según las publicaciones del Gobierno Vasco “La restauración científica se deberá realizar respetando los elementos tipológicos, formales y estructurales de la construcción a poner en uso” y que esta “no incluya la eliminación de estructura alguna, que no sean las estrictamente necesarias para los fines enunciados en el capítulo Restauración”, puesto que no se “justificará ninguna actuación rehabilitadora por encima de estos límites, cuya finalidad no es otra que la consideración del edificio como un todo a mantener y no únicamente sus características externas”.
ZAIN DEZAGUN URDAIBAI ELK
4 junio, 2018at3:40 pmEn contra de lo que afirman, los dos informes a la “Carta” de Cultura de la Diputación y en el informe de la Arquitecta Municipal, y el Alcalde Egurrola el edificio en cuestión está catalogado en el vigente Plan de Ordenación Urbanística y recogido en el “inventario e identificación de bienes y demás elementos construidos existentes en el municipio que por su interés arquitectónico, cultural, histórico, arqueológico y cualquier otro, deben ser conservados y protegidos de actuaciones destructivas y/o degradantes” (Art. 1.2.9).
En el citado catalogo el Palacio Larrinaga esta declarado como “Bien inmueble con el nivel de protección 1. Grado integral NP1-I”, lo que supone los siguientes limites legales siguientes:
“se recogen los bienes inmuebles que en la relación remitida por el Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, … que deben ser sometidos a las intervenciones constructivas de restauración científica y restauración conservadora. También se incluye … los edificios contenidos en el listado del plan especial de rehabilitación del casco histórico de Mundaka para el grado de protección integral…”
Y añade que:
“.. siempre que se garantice su conservación y mantenimiento sin contravenir, en ninguna circunstancia, las especificaciones del Título III de la Ley 7/1990 de 3 de Julio del Patrimonio Cultural Vasco.”
Según las publicaciones del Gobierno Vasco “La restauración científica se deberá realizar respetando los elementos tipológicos, formales y estructurales de la construcción a poner en uso” y que esta “no incluya la eliminación de estructura alguna, que no sean las estrictamente necesarias para los fines enunciados en el capítulo Restauración”, puesto que no se “justificará ninguna actuación rehabilitadora por encima de estos límites, cuya finalidad no es otra que la consideración del edificio como un todo a mantener y no únicamente sus características externas”.