La Fiscalía de Gipuzkoa ordena ampliar la investigación penal del casoplón de Aia

La Fiscalía de Gipuzkoa ha retomado el caso del casoplón de Aia (Gipuzkoa) –el palacete (11 habitaciones y 11 baños) construido por la familia de una concejal del PNV de Zarautz que incumple la ley de Suelo- al ordenar ampliar la investigación que fue archivada por un juzgado de Azpeitia. El cerco judicial a los promotores del polémico inmueble, la familia Garrastazu, se estrecha, ya que son tres los tribunales que investigan las obras acometidas.

Imagen del casoplón, ubicado entre Zarautz y Orio, con la urbanización ya terminada.

El juzgado de instrucción número 2 de Azpeitia abrió en marzo pasado una investigación por un posible delito contra el patrimonio en las obras de urbanización de acceso al palacete acometidas sin licencia, como reconoció el propio ayuntamiento de Aia. La juez remitió además el caso a la Fiscalía de Gipuzkoa para que intervenga. El juzgado 1 de lo contencioso-administrativo de San Sebastián investiga dese 2015 la polémica edificación: aprovechó un caserío en ruinas pero cambiando su ubicación, duplicó  la superficie y se construyó en un área rural de especial protección y en un corredor ecológico, donde habita una pareja de halcones peregrino. Todo ello con un informe contrario del Ararteko que ha concluido que, al tratarse de un suelo no urbanizable de especial protección, “solo cabe autorizar las obras de reconstrucción de caseríos existentes” en casos excepcionales y la ley de suelo “no permite el cambio de ubicación”. Los demandados son la concejal de Urbanismo y Obras de Zarautz Maite Garrastazu y sus 10 hermanos

concejal pnv zarautz maite garrastazu

La concejal del PNV de Zarautz Maite Garrastazu

El tercer tribunal es el juzgado de instrucción número 1 de Azpeitia, que fue el primero en iniciar las diligencias tras la denuncia presentada por la Federación Gipuzkoana de Deportes Aéreos por dos delitos de prevaricación y contra la ordenación del territorio. Este juzgado decretó en mayo de 2016 el archivo provisional: no veía ni  prevaricación ni delito contra la ordenación. Consideraba legal la licencia aunque, en su auto, pasaba  por encima los dos elementos claves del caso: el cambio de ubicación del casoplón y que se trate de una nueva ubicación. La Audiencia de Gipuzkoa tiene desde hace un año pendiente si confirma el archivo u ordena proseguir la investigación.

Pero ahora la Fiscalía de Gipuzkoa ha pedido, en un escrito fechado el pasado 1 de junio, que se amplíe la investigación durante un plazo de año y medio, ya que “resulta necesaria la práctica de más diligencias para el esclarecimiento de los hechos investigados en esta causa”.

La intervención de la Fiscalía puede tener bastante relación con la causa abierta en marzo pasado por el juzgado 2 de Azpeitia sobre las obras de acceso al casoplón. Y abona la opción de que la Audiencia de Gipuzkoa, cuyo retraso en confirmar o no el archivo resulta poco explicable, siga sin adoptar una decisión sobre este caso.

 

La decisión de la Fiscalía es un vapalo para los promotores del palacete, la familia Garrastazu, al continuar abierta la vía penal

 

El escrito de la Fiscalía ordenando más diligencias es un varapalo para los promotores al continuar abierta la vía penal. En la instrucción existe, además del informe del Ararteko, otro escrito de la Diputación de Gipuzkoa en el que se concluye que la Ley del Suelo vasca prohíbe reconstruir caseríos aumentado la edificación y “es evidente que la estructura del edificio en construcción supera claramente el volumen del caserío anteriormente existente”. Agrega que los nuevos edificios residenciales en suelo urbanizable solo se permiten si están adscritos a una explotación agraria pero que “es importante destacar” que la ley del Suelo “indica claramente que no se podrán construir nuevos edificios residenciales en zonas de especial protección”.

El área de Medio Ambiente de la Ertzaintza pidió hace casi un año al juzgado 1 de Azpeitia que el Instituto de Geología y Minas de España elaborase un estudio detallado del área donde se ubica el casoplón,  otro informe sobre sonometría (el ruido y el riesgo de deslizamiento han sido los motivos esgrimidos por la familia Garrastazu para justificar el cambio de ubicación), una medición exacta de la edificabilidad y volumetría del palacete (casi duplica la superficie construida: 567 metros cuadrados frente a los 309 del antiguo caserío, y la a planta del palacete es 2,5 veces mayor: 469 metros cuadrados frente a 183)  y la toma de declaración del aparejador municipal de Aia, quien concedió la primera licencia de rehabilitación. No ha habido ninguna respuesta hasta ahora.

Los promotores han estado avalados en todo momento por el Ayuntamiento de Aia, que ha argumentado que la “atípica composición familiar de la familia Garrastazu por numerosa”  explica que haya 11 dormitorios. “Es excepcional y ante una situación excepcional se puede y debe haber una interpretación excepcional de la norma”. Considera que la reconstrucción se ejecute en “un lugar diferente al del edificio original no es razón para considerarlo una nueva edificación” y alude a un “eventual riesgo de deslizamiento” esgrimido por los propietarios en un informe técnico. Algo que ha sido rebatido por otro geóloga.

La actuación municipal en este caso ya motivó un tirón de orejas de la Fiscalía de Gipuzkoa que en 2016 apercibió al Ayuntamiento de Aia de un “delito de desobediencia” por negarse a facilitar el expediente urbanístico, pedido casi un año antes tanto por la Ertzaintza como por los demandantes.

La petición de ampliar la investigación por la Fiscalía debe aclarar cómo se pide un permiso para remodelar un caserío en ruinas en 2010, se modifica la licencia para ubicarlo 200 metros más allá en un área de especial protección y duplicando la superficie original, se acometen las obras de acceso sin licencia, el sospechoso amparo municipal… Una buena tarea por delante para quien quiera esclarecer realmente este caso.

4 Comentarios
  • Jon

    13 junio, 2017at10:26 pm Responder

    No tengo nada en contra de los propietarios de la casa, pero si contra la utilizacion de los Ayuntamientos, como el de Aia, como propiedad de un partido, o de varios favoreciendo a unos ciudadanos de forma priviligiada y saltandose la ley. La construccion de esa casa tiene demasiados defectos de procedimiento e ilegalidades como para pasar por alto. Si la ley no actua, una vez mas, sera un factor AÑADIDO para mostrarnos que este pais no tiene futuro en manos del PNV.

    • Asier

      14 junio, 2017at8:24 pm Responder

      El tema, es evidente que destila lo peor de la mezcla entre gestión pública y política; lo más llamativo es que todas las administraciones «protegen» esa situación desde sus respectivas competencias en el territorio; los principios de coordinación administrativa se utilizan para ocultar una gestión ineficaz, ilegal, fraudulenta y nula; y los tiempos y procedimientos judiciales, para disuadir a los ciudadanos; para evitar que actúen ejercitando la acción pública constitucionalmente reconocida.

      Últimamente, el principio de presunción de inocencia-o de validez de las resoluciones administrativas- otorga posiciones de privilegio a quienes, después resultan ser culpables o responsables de situaciones como ésta; bien está que esa presunción juegue en favor de quien se persigue, razonadamente, para deducir su culpabilidad, garantizando su derecho a defenderse y a aportar las pruebas que permitan su descargo; pero nunca ha de rebasar ciertos límites de racionalidad jurídica, situando al presunto inocente en situación de impunidad al amparo de la propia administración que desvía su poder y facultad hacia la defensa de situaciones que solo son posibles en su mundo burocrático y politizado.-y por tiempo limitado-

      En este asunto hay demasiadas personas implicadas, cada una con una intensidad y participación diferente, con una responsabilidad diversa, y con esta actitud administrativa, se persigue que al final sean los ciudadanos quienes paguen este nuevo exceso. Los promotores ya han amenazado con esto contestando una de las demandas que se dirigen contra el Ayuntamiento de Aia, advirtiendo al juzgado que la hipotética demolición puede causar un notable perjuicio a las arcas publicas de Aia, pues le reclamarán a ella la responsabilidad patrimonial. Esa actitud no parece ser precisamente una situación inocente por ignorancia.

      Esa casa y su urbanización son un ejemplo palpable de que se puede cometer-presuntamente- una infracción al amparo de la administración, incluso arropada por esta -que actúa como garante final de la infracción cometida- y no pasar nada en materia de responsabilidad. Pese a que otras administraciones la cuestionen..

      Y si no elevas la voz a un juzgado, eso se quedaría ahí; tal cual, impuesto de manera que todos «tragasen » con ese despropósito.
      Es muy triste advertir que los que están llamados a proteger los bienes públicos sean los que amparan y protegen este tipo de situaciones, escudados tras ampulosos principios que ellos mismos se han encargado de manipular, retorcer y trasgredir durante décadas.
      Tanto es así que, pese a que la propia Diputación Foral – en ejercicio de su competencia de inspección urbanística- dijese que esa casa no se puede hacer ahí- la cosa no fue más allá; ni siquiera los órganos del Gobierno Vasco actuaron toda vez que tuvieron conocimiento de esa situación; ¿por qué?

      Esperemos no tardar demasiado tiempo en conocer las respuestas que flotan en el ambiente…
      Y no Jon, no solo es el PNV… hay más, hay muchos partidos que desean emular sus gestas; administrar ese poder … pero no pueden sino arrimarse complacientemente al PNV.

      La última actuación es la medida de protección «ambiental» que se ha adoptado para proteger unos arbolillos de dudosa vocación forestal en esa ZEC; arbolillos que se han plantado al margen de la legal interpretación de las normas ambientales que rigen en ese suelo y con el último propósito de proteger el Casoplón y castigar al colectivo de voladores que frecuenta esa zona.
      Eso es evidente; es notorio.
      Y esta vez ha actuado la Propia Diputación Foral que dijo, y consta por escrito, que esa casa ahí no se puede hacer.
      Su respuesta-técnica y política- es y ha sido siempre la de: «no es asunto mío yo gestiono la ZEC» … como si un espacio natural fuese una jaula estanca en la que los elementos que la integran interactúan tan solo entre sí mismos.
      Cabría tachar de absurda la situación si, además de ello, no fuese algo triste y carente de toda racionalidad. Pero es lo que hay.

      Tenemos en la administración la peor representación técnica y política posible en esta materia, que ya se preocuparon en su día en dividir; y lo que antes se gestionaba y protegía al unísono (Urbanismo y Medio ambiente) hoy son, como sus parques y espacios Naturales, dos materias estancas, rodeadas de barrotes infranqueables impuestos por ellos mismos.

      Y yo tampoco tengo nada en contra de los propietarios de esa casa y creo que del colectivo de voladores tampoco puede extraerse la opinión contraria; creo que se rebelan contra la gente que se aprovecha de esta situación sin pudor alguno-impunemente-; si eso coincide con estos señores, es cosa suya, no del colectivo de voladores.
      Al fin y al cabo perseguir la defensa de los bienes e intereses públicos, despoja a cualquiera de la necesidad de emitir cualquier juicio ético sobre un grupo de personas que ven no solo amenazado un espacio para disfrute público, como es la ZEC de Iñurritza (monte Beastegi / Talaimendi), pues están dando muestras de actuar con valentía y civismo; empujando un asunto como éste para que se esclarezca la verdad y se reponga todo a su origen en beneficio de la comunidad y en muchas ocasiones ocupando el lugar de quien debe por ley hacer eso.
      En este asunto está todo por resolverse aún, pese a que ya consta que se ha solicitado al Ayuntamiento de Aia la habitabilidad de ese Casoplón.
      Esta actitud- y la que el Ayuntamiento presumiblemente adoptará ante esta nueva petición- revela un insistente interés en profundizar en los detalles y aspectos teóricos más peculiares del principio de la presunción de inocencia o de no haber cometido infracción administrativa.

      Respetémosla; pese a que todo apunta que ahí hay una infracción cometida; veremos, en su día, de qué son presuntamente inocentes (o no), sin que nada personal interfiera en todo este asunto.

  • Jon

    13 junio, 2017at10:26 pm Responder

    No tengo nada en contra de los propietarios de la casa, pero si contra la utilizacion de los Ayuntamientos, como el de Aia, como propiedad de un partido, o de varios favoreciendo a unos ciudadanos de forma priviligiada y saltandose la ley. La construccion de esa casa tiene demasiados defectos de procedimiento e ilegalidades como para pasar por alto. Si la ley no actua, una vez mas, sera un factor AÑADIDO para mostrarnos que este pais no tiene futuro en manos del PNV.

    • Asier

      14 junio, 2017at8:24 pm Responder

      El tema, es evidente que destila lo peor de la mezcla entre gestión pública y política; lo más llamativo es que todas las administraciones «protegen» esa situación desde sus respectivas competencias en el territorio; los principios de coordinación administrativa se utilizan para ocultar una gestión ineficaz, ilegal, fraudulenta y nula; y los tiempos y procedimientos judiciales, para disuadir a los ciudadanos; para evitar que actúen ejercitando la acción pública constitucionalmente reconocida.

      Últimamente, el principio de presunción de inocencia-o de validez de las resoluciones administrativas- otorga posiciones de privilegio a quienes, después resultan ser culpables o responsables de situaciones como ésta; bien está que esa presunción juegue en favor de quien se persigue, razonadamente, para deducir su culpabilidad, garantizando su derecho a defenderse y a aportar las pruebas que permitan su descargo; pero nunca ha de rebasar ciertos límites de racionalidad jurídica, situando al presunto inocente en situación de impunidad al amparo de la propia administración que desvía su poder y facultad hacia la defensa de situaciones que solo son posibles en su mundo burocrático y politizado.-y por tiempo limitado-

      En este asunto hay demasiadas personas implicadas, cada una con una intensidad y participación diferente, con una responsabilidad diversa, y con esta actitud administrativa, se persigue que al final sean los ciudadanos quienes paguen este nuevo exceso. Los promotores ya han amenazado con esto contestando una de las demandas que se dirigen contra el Ayuntamiento de Aia, advirtiendo al juzgado que la hipotética demolición puede causar un notable perjuicio a las arcas publicas de Aia, pues le reclamarán a ella la responsabilidad patrimonial. Esa actitud no parece ser precisamente una situación inocente por ignorancia.

      Esa casa y su urbanización son un ejemplo palpable de que se puede cometer-presuntamente- una infracción al amparo de la administración, incluso arropada por esta -que actúa como garante final de la infracción cometida- y no pasar nada en materia de responsabilidad. Pese a que otras administraciones la cuestionen..

      Y si no elevas la voz a un juzgado, eso se quedaría ahí; tal cual, impuesto de manera que todos «tragasen » con ese despropósito.
      Es muy triste advertir que los que están llamados a proteger los bienes públicos sean los que amparan y protegen este tipo de situaciones, escudados tras ampulosos principios que ellos mismos se han encargado de manipular, retorcer y trasgredir durante décadas.
      Tanto es así que, pese a que la propia Diputación Foral – en ejercicio de su competencia de inspección urbanística- dijese que esa casa no se puede hacer ahí- la cosa no fue más allá; ni siquiera los órganos del Gobierno Vasco actuaron toda vez que tuvieron conocimiento de esa situación; ¿por qué?

      Esperemos no tardar demasiado tiempo en conocer las respuestas que flotan en el ambiente…
      Y no Jon, no solo es el PNV… hay más, hay muchos partidos que desean emular sus gestas; administrar ese poder … pero no pueden sino arrimarse complacientemente al PNV.

      La última actuación es la medida de protección «ambiental» que se ha adoptado para proteger unos arbolillos de dudosa vocación forestal en esa ZEC; arbolillos que se han plantado al margen de la legal interpretación de las normas ambientales que rigen en ese suelo y con el último propósito de proteger el Casoplón y castigar al colectivo de voladores que frecuenta esa zona.
      Eso es evidente; es notorio.
      Y esta vez ha actuado la Propia Diputación Foral que dijo, y consta por escrito, que esa casa ahí no se puede hacer.
      Su respuesta-técnica y política- es y ha sido siempre la de: «no es asunto mío yo gestiono la ZEC» … como si un espacio natural fuese una jaula estanca en la que los elementos que la integran interactúan tan solo entre sí mismos.
      Cabría tachar de absurda la situación si, además de ello, no fuese algo triste y carente de toda racionalidad. Pero es lo que hay.

      Tenemos en la administración la peor representación técnica y política posible en esta materia, que ya se preocuparon en su día en dividir; y lo que antes se gestionaba y protegía al unísono (Urbanismo y Medio ambiente) hoy son, como sus parques y espacios Naturales, dos materias estancas, rodeadas de barrotes infranqueables impuestos por ellos mismos.

      Y yo tampoco tengo nada en contra de los propietarios de esa casa y creo que del colectivo de voladores tampoco puede extraerse la opinión contraria; creo que se rebelan contra la gente que se aprovecha de esta situación sin pudor alguno-impunemente-; si eso coincide con estos señores, es cosa suya, no del colectivo de voladores.
      Al fin y al cabo perseguir la defensa de los bienes e intereses públicos, despoja a cualquiera de la necesidad de emitir cualquier juicio ético sobre un grupo de personas que ven no solo amenazado un espacio para disfrute público, como es la ZEC de Iñurritza (monte Beastegi / Talaimendi), pues están dando muestras de actuar con valentía y civismo; empujando un asunto como éste para que se esclarezca la verdad y se reponga todo a su origen en beneficio de la comunidad y en muchas ocasiones ocupando el lugar de quien debe por ley hacer eso.
      En este asunto está todo por resolverse aún, pese a que ya consta que se ha solicitado al Ayuntamiento de Aia la habitabilidad de ese Casoplón.
      Esta actitud- y la que el Ayuntamiento presumiblemente adoptará ante esta nueva petición- revela un insistente interés en profundizar en los detalles y aspectos teóricos más peculiares del principio de la presunción de inocencia o de no haber cometido infracción administrativa.

      Respetémosla; pese a que todo apunta que ahí hay una infracción cometida; veremos, en su día, de qué son presuntamente inocentes (o no), sin que nada personal interfiera en todo este asunto.

Publicar un Comentario

El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.

Información básica acerca de la protección de datos:

Responsable » Alberto Uriona. Finalidad » gestionar los comentarios. Legitimación » tu consentimiento. Derechos » podrás ejercer tus derechos, entre otros, a acceder, rectificar, limitar y suprimir tus datos.