La Justicia constata «enchufismo» en el Ayuntamiento de Bermeo: el «dedazo» del yerno del ex alcalde Goienetxea

La Audiencia de Vizcaya ha constatado “enchufismo” en el Ayuntamiento de Bermeo, en concreto en la contratación del yerno del ex alcalde Juan Carlos Goienetxea desde hace 15 años. Este familiar fue empleado como peón del servicio municipal de limpieza en 2003, cuando era alcalde Goienetxea (quien gobernó la localidad de Bermeo durante 16 años seguidos, de 1991 a 2007), y es funcionario interino desde 2011. Una sentencia, dictada el pasado 10 de abril, se refiere “al incumplimiento de los criterios de igualdad precisos en la contratación pública de empleo, en la que se han dado abusos”, en alusión al “yerno del que fue alcalde de Bermeo justamente cuando fue contratado. Y que continuó después por muchos años. Aludir a enchufismo en tales circunstancias no puede ser materia prohibida”.

Juan Carlos Goienetxea, quien fue alcalde de Bermeo durante 16 años (1991-2007)

Las consideraciones de la Audiencia vizcaína tienen su origen en una denuncia del yerno del ex alcalde, Juan Antonio Frutos, contra un vecino de Bermeo por supuestas injurias. A través de las redes sociales, en un debate en grupo, el vecino se refirió a la manera en que Frutos obtuvo el puesto como peón en el consistorio. El afectado le interpuso una querella por injurias y el juzgado de lo penal 5 de Bilbao le dio la razón, en un fallo dictado el pasado 15 de septiembre. El condenado recurrió y la Audiencia le ha absuelto.

El Ayuntamiento de Bermeo no tiene externalizado su servicio de limpieza y el personal es funcionario. En 2003 se lanzó un concurso para dos plazas de peón de limpieza y la creación de una bolsa de trabajo. El yerno del ex alcalde, quien tenía un puesto fijo en una ikastola de la localidad, se presentó pero no logró la plaza y quedó en el tercer puesto de la bolsa de trabajo, aprobada el 29 de septiembre por la junta de gobierno en la que participó el entonces alcalde Juan Carlos Goienetxea. La ley de procedimiento administrativo establece que se debe abstener en estos casos de parentesco familiar.

Pero apenas tres semanas después, el 23 de octubre, el familiar fue contratado, según refleja el contrato suscrito por la oficina de empleo y firmado por él y el entonces alcalde. Estuvo trabajando, a través de dos contratos temporales, como peón de forma ininterrumpida durante los siguientes siete años. En 2010 volvió a presentarse al concurso para tres nuevas plazas y en el concurso, resuelto en 2012, volvió a quedarse fuera: de nuevo en la tercera posición en la bolsa de trabajo. En ese intervalo, en 2011, el entonces alcalde Xabier Legarreta (PNV) firma un decreto que convierte en funcionario interino a Juan Antonio Frutos. El decreto se suscribió después de las elecciones de mayo de 2011 (en concreto el 6 de junio) cuando el alcalde estaba en funciones y la alcaldía iba a pasar a manos de EH Bildu.

El yerno se convirtió en funcionario interino sin ninguna transparencia, a través de un decreto de alcaldía y sin expediente alguno

 

Esta conversión en funcionario interno se ejecutó con nula transparencia: no hubo  expediente de contratación ni motivo por el que se realiza el contrato del yerno. Tampoco se publicó esa plaza en el Boletín del Ayuntamiento  para que pudieran optar al puesto otras personas. En el juicio celebrado por la querella por injurias, a preguntas de Jesús María Amunategui, el abogado defensor del vecino denunciado, la secretaria municipal de Bermeo, Karmele Muñoa, no dio ninguna explicación sobre el incumplimiento de esos requisitos. Tampoco acreditó si desde el ayuntamiento se llamó para el puesto a las dos personas que estaban por delante del yerno en la bolsa de trabajo.

El fallo de la Audiencia vizcaína, que ya solo puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo, además de dar verosimilitud a las acusaciones de enchufismo en el ayuntamiento de Bermeo, considera que las aseveraciones del vecino “reflejan un estado de conocimiento y de opinión en Bermeo” sobre el “dedazo” en la contratación.  Además, agrega, “el querellado principalmente manifestó lo que se supone eran comentarios en el pueblo sobre la forma de acceder el Sr. Frutos y otras personas por enchufismo al Ayuntamiento de Bermeo. En el caso del Sr. Frutos por ser yerno del alcalde en el momento de entrar a trabajar en él, tras no superar una oposición y formar parte de una bolsa de trabajo».

Estamos ante un caso en  el que, en sede judicial, se ha constatado la contratación irregular de un trabajador en una administración pública. Primero en una bolsa de trabajo en la que en la decisión final participa un familiar, que es nada menos que el entonces alcalde. (No deja de ser llamativo la renuncia a un puesto fijo en una ikastola para acceder a un contrato temporal sin, a priori, garantías de seguridad). Luego, con la conversión en funcionario interino sin ninguna publicidad ni expediente de contratación. Y a quien lo denuncia en una red social se trata de amedrentarlo con una querella por injurias, de que tras ser condenado inicialmente por un juzgado, le absuelve la Audiencia de Vizcaya. No es la primera vez que ocurre algo similar en Bermeo, como el caso del vecino acosado que denunció (y ganó en los tribunales) recalificaciones urbanísticas ilegales. Suena demasiado a Sicilia.

10 Comentarios
  • Ignacio en la escuela

    13 junio, 2018at12:53 pm Responder

    Visto en la red:
    Uriona, te has montado una manipulación de la sentencia, de libro.

    1) En 2003 ese señor no era yerno del alcalde
    2) Trabajadores en bolsa continúan trabajando porque se ocupan vacantes
    3) El decreto de funcionarios interinos lo firmó el PNV y abarcó a decenas de trabajadores

  • Ignacio Escuelar

    13 junio, 2018at12:54 pm Responder

    Visto en Twitter :
    Uriona, te has montado una manipulación de la sentencia, de libro.

    1) En 2003 ese señor no era yerno del alcalde
    2) Trabajadores en bolsa continúan trabajando porque se ocupan vacantes
    3) El decreto de funcionarios interinos lo firmó el PNV y abarcó a decenas de trabajadores

  • JUAN JESÚS LÁNDA MENDIBE abogado en representación del Sr. GOIENETXEA BEITIA.

    14 junio, 2018at12:59 pm Responder

    DERECHO DE RECTIFICACIÓN. FALSEDAD DE PRETENDIDA INFORMACIÓN PUBLICADA EN RELACIÓN AL AYUNTAMIENTO DE BERMEO Y LA PERSONA DEL SR. GOIENETXEA BEITIA EN LA DIRECCIÓN DIGITAL DEL PERIODISTA ALBERTO URIONA (12 de Junio de 2018).

    En el ejercicio del Derecho de Rectificación reconocido en la Ley Orgánica 2/1984 de 26 de marzo (B.O.E. número 74) y sin perjuicio de la iniciación de otros procedimientos judiciales, instamos la publicación a través de los mismos medios y mismos caracteres, de los siguientes extremos:

    1.- La Sentencia de 10 de abril de 2018 de la Audiencia Provincial absolvió a un denunciado por injurias, porque a pesar de publicar opiniones de forma desafortunada y poco respetuosa sobre el particular, se hacía eco, sin detalle alguno, de una supuesta opinión extendida en la localidad. Esta circunstancia se puede leer sin dificultad en el segundo fundamento jurídico de la referida sentencia. Absolutamente falso, por ello, que la sentencia constatara irregularidad alguna en la contratación del Ayuntamiento de BERMEO.

    2.- La contratación de las plazas vacantes de peón de limpieza, fue objeto de las pruebas correspondientes dirigidas y evaluadas por un Tribunal en el que no participó el entonces Alcalde de BERMEO y sí otros corporativos, así como un técnico municipal, la representación de los trabajadores y la representación del Instituto Vasco de Administración Pública. El nombramiento recayó en dos aspirantes que nada tienen que ver con la publicación. Además, se aprobó una lista de espera (29 de septiembre de 2003) o bolsa de trabajo de diecisiete personas según estricto orden de puntuación. La persona a que alude la publicación ocupaba el tercer puesto en la mencionada bolsa de trabajo.

    3.- Asimismo, el nombramiento como funcionario interino del mencionado señor (aludido en la publicación) , por Decreto de la Alcaldía de 6 de junio de 2011, para el desempeño del puesto de trabajador de limpieza, no lo realizó el Sr GOIENETXEA contra el que se dirige la inexacta , errónea y, seguramente, malintencionada publicación del Sr. URIONA, sino quién entonces ostentaba la Alcaldía que era el Sr. LEGARRETA del P.N.V. Llama la atención que esta circunstancia se reconozca en el cuerpo de la propia publicación del Sr. URIONA y que, sin embargo, el mencionado artículo y sus titulares se dirijan contra el Sr. GOIENETXEA.

    Esta rectificación realizada dentro de los siete días naturales desde la publicación de la información errónea e inexacta, deberá ser publicada, en sus propios términos, en los mismos medios y con el mismo rango de la que es objeto de rectificación.

    • auriona

      14 junio, 2018at10:55 pm Responder

      Sr. Landa la sentencia de la Audiencia de Vizcaya dice textualmente: «El incumplimiento de los criterios de igualdad precisos en la contratación pública de empleo, en la que se han dado abusos”, en alusión al “yerno del que fue alcalde de Bermeo justamente cuando fue contratado. Y que continuó después por muchos años. Aludir a enchufismo en tales circunstancias no puede ser materia prohibida”. Sobran más comentarios a su punto 1.
      Sobre el punto 2, en ningún momento se dice que el ex alcalde Juan Carlos Goienetxea participara en el tribunal calificador, sino que participó en las juntas de gobierno, primero el 29 de septiembre de 2003 y luego el 27 de agosto de 2012, en las que se aprobó la bolsa de trabajo con su actual yerno.
      Y el punto 3, dice que la conversión en trabajador interino la firma el ex alcalde Xabier Legarreta, como aparece reflejado en el artículo.
      No veo ninguna información errónea ni inexacta en el artículo que, como puede observar, se basa exclusivamente en una sentencia judicial. Quizás deberían dirigirse a los jueces que han dictado ese fallo contrario a sus intereses. Saludos.

  • Tostarteko

    15 junio, 2018at9:03 am Responder

    No puede ser más expresivo del estado de putrefacción del gobierno local de Bermeo cuando el abogado del ayuntamiento sale como un perro rabioso a defender a un individuo como Goienetxea que ya no es parte del ayuntamiento y que se tuvo que marchar como se marchó. No quiero ni saber el dineral que te estarás llevando del pueblo…

    • Trake

      25 junio, 2018at10:38 pm Responder

      Pero al pueblo de Bermeo le importa q el señor Landa haya acumulado un gasto de mas de 400.000€ entre juicios y recursos ?y luego se niegue dinero a los barrios…Transparencia total!!..
      El asesoramiento juridico de Ekain si no me equivoco termina este año,esperemos q la oposicion sean capaces de cambiar a esta gente por el bien de Bermeo,q cojan el ejemplo de Elorrio gobernado por Bildu y quitandoselo de encima por falta de confianza…

  • Jon Ander Agorria Oihenarte

    15 junio, 2018at10:34 am Responder

    El articulo que redacta Alberto Uriona es completamente veraz y preciso; me llamo para contrastar la informacion para hacer el articulo, hablo tanto conmigo como con mi abogado, el articulo es completamente objetivo y todo lo que dice se demostro en el Juicio documentalmente.

    El yerno del ex-alcalde Goinetxea me metio una «Querella Criminal» por un dialogo mantenido entre los dos en un grupo de Facebook,
    Segun el Yerno de Goinetxea por mis comentarios le llamaban en Bermeo «Enchufado»; lo que intento es tapar la «Mierda» que tiene y acojonarme metiendome la Querella, eso Si utilizando el despacho juridico del Ayuntamiento de Bermeo en un tema particular entre los dos.
    La Sentencia tambien menciona al ex-alcalde Juan Carlos Goienetxea, que siendo Alcalde en el 2.003 y Concejal de Urbanismo en el 2.012 esta en las Juntas de Gobierno donde aparece Su yerno, el Sr. Frutos Rodernos y por ley no tiene que estar y menos votar o firmar como hace en las Juntas de Gobierno donde aparece Su yerno.

    Al Sr. Landa le recomendaria que volviera a leer la Sentencia dictada por 3 Jueces el 10 de Abril, tiene un enlace en el articulo.
    Creo que su contrato con nuestro Ayuntamiento de Bermeo expira el año que viene y hay Elecciones, tiene muchas probabilidades de que dejemos de contar con sus servicios por que profesionalmente es un incompetente; lo unico que nos ha generado es multitud de problemas, ni asesora correctamente ni resuelve un problema, solo lo hace mayor, como los que ha generado en el urbanismo de Bermeo.

    Eso si, el Sr. Landa y su despacho se han hecho millonarios a costa del pueblo de Bermeo, habria que preguntarle quien le contrato para representar y asesorar al Ayuntamiento de Bermeo.

    Espero Sr. Landa que a partir del año que viene deje de trabajar para nuestro Ayuntamiento que es mantenido con el dinero de Tod@s l@s Bermean@s, desde que esta Usted solo nos ha traido problemas y ruina a un pueblo que era le envidia de Bizkaia.
    Ademas como profesional es desastroso no nos gana un Juicio, incluido el mio, y lo unico que hace es recurrir al Supremo con nuestro dinero, perdiendo los juicios y generando mas deuda.

    Nos esta chupando la sangre mientras Usted se enriquece a cuenta de Bermeo!

  • Etsi

    15 junio, 2018at1:28 pm Responder

    Goienetxearen beste «dedazo» bat! Bat bakarrik izan bazan…

  • Independentzia eta sozialismoa!!!

    15 junio, 2018at6:06 pm Responder

    Como el futuro de independencia y socialismo promulgado por Bildu lo lleven a cabo cual ayuntamiento de Bermeo, mejor quedarnos como estamos… Esta sentencia habla claramente de contrataciones irregulares y las sentencias de estos últimos años de «urbanismo a la carta» para que se forren ciertas personas evidencian que las decisiones que se toman no son por el bien del pueblo; no creo que sean la mejor forma de llegar al «sozialismo»… Para hacer negocio para favorecer a unos pocos ya tenemos unos cuantos partidos…

  • Joseba

    15 junio, 2018at8:06 pm Responder

    Por que será ,que a los que les gotea por la comisura de los labios ,la palabra independencia ; serian la mayor rémora a arrastrar ,en el hipotético caso que esta se produjera .

    Abertzales de IKEA

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