casoplon 11 baños

Un juez ve legales las obras del casoplón de 11 baños obviando la ley vasca de Suelo

Un juzgado de San Sebastián ve legales las obras del del polémico casoplón de 11 habitaciones y 11 baños construido por la familia de una ex concejal del PNV de Zarautz que incumple la ley de Suelo. La sentencia dictada por el juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de San Sebastián se basa solo en la normativa municipal del Ayuntamiento de Aia y no hace ninguna referencia a las leyes urbanísticas de rango superior, las del Gobierno vasco. Obvia igualmente la opinión de la Diputación de Gipuzkoa y el Ararteko, contrarias al proyecto del palacete.

Este caso ya quedó archivado de forma provisional en la vía penal en 2020, lo que había paralizado la vía contencioso-administrativa iniciada hace seis años. El juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de San Sebastián retomó el caso en octubre del pasado año.  Fue el primer juzgado que inició las indagaciones del polémico casoplón.

La demanda se presentó en 2015 por la Federación Guipuzcoana de los Deportes Aéreos, que desde hace casi 30 años utiliza el paraje donde se asienta el palacete para la práctica del parapente. Se basa en que la familia de la ex concejal de Urbanismo y Obras en Zarautz, Maite Garrastazu (estuvo en el cargo la anterior legislatura), aprovechó un caserío en ruinas para ejecutar una nueva edificación en una ubicación diferente; la superficie se duplicó (567metros cuadrados frente a los 309 del antiguo caserío, y la a planta del palacete es 2,5 veces mayor: 469 metros cuadrados frente a 183) y se asienta en un área rural de especial protección y en un corredor ecológico, donde habita una pareja de halcones peregrino. El proyecto tenía un informe contrario del Ararteko que concluyó que, al tratarse de un suelo no urbanizable de especial protección, “solo cabe autorizar las obras de reconstrucción de caseríos existentes” en casos excepcionales y la ley de suelo “no permite el cambio de ubicación”.

Además, la Diputación de Gipuzkoa, en un informe firmado el 7 de mayo de 2015 por el jefe de la Sección Técnica del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Diputación de Gipuzkoa, concluía que la Ley del Suelo vasca prohíbe reconstruir caseríos aumentado la edificación y «es evidente que la estructura del edificio en construcción supera claramente el volumen del caserío anteriormente existente». Agregaba que los nuevos edificios residenciales en suelo urbanizable solo se permiten si están adscritos a una explotación agraria pero que «es importante destacar» que la ley del Suelo «indica claramente que no se podrán construir nuevos edificios residenciales en zonas de especial protección».

Durante estos casi seis años, han salido a la luz nuevas irregularidades. La familia Garrastazu acometió obras de urbanización para acceder al palacete sin licencia municipal  como reconoció el propio ayuntamiento de Aia y en un área de especial protección. Por estas irregularidades, un juzgado de Azpeitia, en un auto dictado el 4 de diciembre de 2018, llegó a citar como imputados por indicios de delito en las obras de urbanización al ex alcalde de Aia y ahora concejal en el municipio Igor Iturain (PNV), el arquitecto Gaizka Perosterena, el aparejador Mikel Iradi y dos miembros de la familia promotora del casoplón, Elisabeth Garrastazu y María Garrastazu. La toma de declaraciones de los cinco se había fijado para el 11 de marzo de 2019. Pero, debido a la inacción judicial, los plazos fijados expiraron y se anuló la toma de los testimonios, lo que luego llevó al archivo provisional de la investigación.

Desde la reapertura en la vía contencioso administrativa, el juzgado solo había pedido como pruebas que el secretario municipal del Aia emitiera los certificados de legalidad del palacete y la urbanización ejecutada, como el documento sobre la clasificación del suelo en el que se ubica, los informes de los técnicos para autorizar la urbanización, la certificación de que estas obras tienen licencia y otro documento sobre si estos trabajos de urbanización han seguido el procedimiento legal.

El Reglamento de Disciplina Urbanística exige, en su artículo 4, que cualquier licencia de obra en un municipio “constará de informe técnico y jurídico”. En el expediente urbanístico de la construcción del casoplón, solo existe un informe técnico (no hay otro jurídico), sin firma, que avala la construcción con el argumento, entre otros, de que la «atípica composición familiar de la familia Garrastazu por numerosa» explica que haya 11 dormitorios. «Es excepcional y ante una situación excepcional se puede y debe haber una interpretación excepcional de la norma”.

De hecho, el expediente se mantuvo oculto durante un año por parte del Ayuntamiento de Aia hasta el punto de que la Fiscalía de Gipuzkoa apercibió, en abril de 2016, al Consistorio de un «delito de desobediencia» por negarse a facilitar el expediente urbanístico tanto por la Ertzaintza como por los demandantes.

En esta instrucción en la vía contenciosa, los denunciantes han argumentado que tanto el casoplón como la urbanización son ilegales, mientras que el Ayuntamiento y los promotores sostienen que las normas urbanísticas municipales permiten la construcción del nuevo palacete en un lugar distinto y que la superficie construida es prácticamente la misma a la del caserío original. 

En la sentencia dictada el pasado 27 de octubre, el juzgado rechaza cualquier ilegalidad tanto en la construcción como en las obras del palacete.  El fallo concluye que “no hay nueva edificación sino reconstrucción del existente edificio y aunque se ubique en lugar diferente”, está amparada por la normativa municipal. Una aseveración que se contradice con lo dispuesto por la ley de Suelo vasca (que la prohíbe expresamente para los caseríos) y los informes de la Diputación guipuzcoana y el Ararteko.

“Las obras ejecutadas se ajustan a lo autorizado” por el Ayuntamiento, señala el fallo, que no hace ninguna referencia a las normas de rango superior del Gobierno vasco.

En cuanto a la urbanización, que se acometió inicialmente sin licencia municipal, señala que “nos encontramos ante obras necesarias para dotar al edificio residencial de sus infraestructuras mínimas”.

El juzgado también acepta que el volumen de edificación es similar al del antiguo caserío, como argumenta el Ayuntamiento, sin tener en cuenta que la Diputación ya consideró “evidente” que se superaba “claramente el volumen del del caserío anteriormente existente”.

El fallo del juzgado de San Sebastián arroja bastante dudas, al no rebatir los argumentos contrarios al casoplón expuestos en la ley vasca del Suelo y por parte de la Diputación de Gipuzkoa. Ámbitos que están por encima del municipal, en el que se basa el fallo Un proyecto con múltiples anomalías: se edificó en una zona protegida un caserío nuevo (a 250 metros de otro derruido) argumentando que es una reconstrucción; duplicando la superficie; acometiendo una urbanización sin licencia y con numerosas lagunas, de transparencia y falta de datos, en el expediente urbanístico. Todo apunta a que acabará en el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que deberá dar o no la razón al juzgado.

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