Un juzgado se desentiende de la investigación del casoplón de Gipuzkoa sin practicar las pruebas anunciadas

Uno de los dos juzgados que investiga posibles ilegalidades en el casoplón de Aia, (Gipuzkoa), el palacete (11 habitaciones y 11 baños) construido por la familia de una concejal del PNV de Zarautz que incumple la ley de Suelo, quiere desentenderse del caso. Ha pedido trasladar la investigación a otro juzgado después de que en el último año no haya practicado ninguna diligencia de indagación.

Imagen del casoplón, ubicado entre Zarautz y Orio, con la urbanización ya terminada.

En este caso se investiga a la familia de la concejal de Urbanismo y Obras en Zarautz, Maite Garrastazu: aprovecharon un caserío en ruinas pero ejecutaron una nueva edificación en una ubicación diferente; la superficie se duplicó (567 metros cuadrados frente a los 309 del antiguo caserío, y la a planta del palacete es 2,5 veces mayor: 469 metros cuadrados frente a 183) y se asienta en un área rural de especial protección y en un corredor ecológico, donde habita una pareja de halcones peregrino. Todo ello con un informe contrario del Ararteko que ha concluido que, al tratarse de un suelo no urbanizable de especial protección, “solo cabe autorizar las obras de reconstrucción de caseríos existentes” en casos excepcionales y la ley de suelo “no permite el cambio de ubicación”.

La primera denuncia se interpuso en 2015, cuando la Federación Guipuzcoana de los Deportes Aéreos, que desde hace más de 25 años utiliza el paraje donde se asienta el palacete para la práctica del parapente, se encontró con los accesos cerrados. Presentaron una denuncia en la Ertzaintza y un juzgado de Azpeitia abrió diligencias penales por dos delitos de prevaricación y contra la ordenación del territorio.

En mayo de 2016, el juzgado de instrucción número 1 de Azpeitia decretó el archivo provisional del caso: no veía ni prevaricación ni delito contra la ordenación. Consideraba legal la licencia aunque, en su auto, pasaba por encima los dos elementos claves del caso: el cambio de ubicación del casoplón y que se trate de una nueva ubicación. El auto fue recurrido por los denunciantes ante la Audiencia de Gipuzkoa, que ha tardado dos años en tomar una decisión.

En una sentencia dictada el pasado 4 de julio por la Sección Tercera de la Audiencia guipuzcoana, se ratifica el archivo provisional al considerar que “no es una intervención constructiva de nueva planta” sino una “una intervención constructiva de sustitución”. El fallo no tiene en cuenta los informes contrarios del Ararteko y la Diputación de Gipuzkoa a la construcción del casoplón en otro emplazamiento y cuestiona que la ley vasca de Urbanismo “permita únicamente el cambio de ubicación en el supuesto de reconstrucción por expropiación”.

El casoplón estaba investigado igualmente por el juzgado de instrucción número 2 de Azpeitia, que desde marzo de 2017 tiene abiertas diligencias por  irregularidades en las obras de urbanización de acceso al palacete, ya que se acometieron sin licencia municipal. Hace un año, este juzgado ordenó ampliar las diligencias para practicar más pruebas.

El plazo para culminar la instrucción del caso era el pasado 3 de septiembre. En un auto dictado el pasado 30 de agosto, la titular del juzgado 2 de Azpeitia, María de Blas, acuerda trasladar el caso al juzgado número 1 “por tratarse de los mismos hechos” y tras conocerse la sentencia de la Audiencia de Gipuzkoa que archiva provisionalmente la vía penal.

Y se desentiende del caso sin realizar ninguna diligencia sobre las obras de urbanización, que se acometieron sin licencia, lo que provocó la apertura en el verano de 2016 de un expediente sancionador por parte del Ayuntamiento de Aia. El consistorio solventó la irregularidad en febrero de 2017 de manera rocambolesca: sin practicar ninguna prueba convirtió el expediente sancionador en una orden de ejecución, en la que, incumpliendo la ley vasca de Suelo, calificó el tipo de sanción y cambió al instructor del expediente, que era el secretario municipal, por… otro funcionario del ayuntamiento cercano de Getaria. En vez de recurrir a la Diputación de Gipuzkoa, como establece igualmente la ley vasca de Suelo.

Esta inhibición se suma a otras cuestionables decisiones judiciales con el casoplón. Desde hace dos años existe un informe de la Ertzaintza que  constaba irregularidades urbanísticas en el palacete. Pero el juzgado número 1 de Azpeitia lo ha tenido todo ese tiempo en un cajón y el pasado 12 de julio lo incorporó a las diligencias. Una decisión adoptada ocho días después de que la Audiencia de Gipuzkoa haya ratificado el archivo provisional de la investigación penal. Y además el juzgado no ha practicado ninguna de las pruebas pedidas en el informe por la Ertzaintza: dos estudios detallados del área donde se ubica el casoplón y la sonometría, una medición exacta de la edificabilidad y volumetría del palacete y la toma de declaración del aparejador municipal de Aia, quien concedió la primera licencia de rehabilitación.

De nuevo más sospechas en este caso que parece incomodar a algunas autoridades judiciales. Lo primero que se debe exigir a los tribunales es investigar los hechos, sobre todo cuando existe un informe contundente de una Policía judicial como es la Ertzaintza. No practicar ninguna prueba durante un año cuando se había acordado ampliar el plazo de instrucción judicial para ello es difícilmente entendible.

6 Comentarios
  • Jose Manuel

    9 septiembre, 2018at10:57 pm Responder

    Al final como siempre el casoplon se quedará los caminos seguirán cerrados. Por que son políticos del gobierno

  • Josemi

    10 septiembre, 2018at7:45 am Responder

    Lo primero, ¿qué es un casoplón? Lo repite ud. en exceso, y no veo en el diccionario de la R. A. E. su significado.

    Lo segundo, si se confirma todo lo dicho, espero que lo derriben, aunque tarden muchos años. Se ve que los políticos y los económicamente poderosos hacen con las leyes lo que les viene en gana.

  • Iñaki Uriarte

    10 septiembre, 2018at11:52 am Responder

    Debería intervenir incluso Greenpeace. El único destino de esta construcción una vez que se conozca públicamente el nombre del concejal, el arquitecto municipal que ha prevaricado autorizando su construcción y el del responsable político de urbanismo es la demolición bien por sentencia judicial o por cualquier otro momoto. además a quienes en el intervalo pudieran acudir a este prostíbulo urbanístico , advertirles que adquirirían el rango de clientes cómplices

  • Iñaki Dorronsoro

    13 septiembre, 2018at12:28 pm Responder

    Habria que recalcar que los que pusieron la primera denuncia (hermanitas de la caridad) fuera de toda realidad ecologista y contructiva, pusieron la denuncia por venganza, debido a que no les dejaban acceder al terreno privado cuando empezaron las obras. Terreno al que durante años los propietarios les dejaron el paso sin peaje para que pudieran saltar en parapente.

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